Auditoría Pública nº 72. Revista de los órganos autonómicos de control externo
Algunas CCAA han asumido determinadas compe- tencias frente a otras que no lo han hecho (e.g., admi- nistración de justicia o los parques nacionales), por lo que la realización de una comparación homogénea de CCAA en este cuarto bloque competencial requeriría de un ajuste que considerara el gasto efectuado por estas CCAA en esas competencias singulares. Dado que no hemos encontrado información en términos SEC res- pecto a los gastos de las distintas CCAA en estas com- petencias singulares, se ha recurrido a la valoración de las mismas en las liquidaciones del SFA. En estas se ofrece información sobre el importe de los recursos (valores definitivos) que se transfieren a las CCAA por estas competencias, los cuales no tienen por qué coin- cidir con los recursos efectivamente percibidos por las CCAA en cada ejercicio, dado el mecanismo de las entregas a cuenta y liquidaciones que opera en el SFA para la mayoría de sus recursos. Así mismo, no todas las competencias singulares se corresponden con servicios o funciones de lo que hemos denominado resto de com- petencias (si bien sí su mayoría). Por ello se ha procedi- do del siguiente modo: (a) a los valores definitivos de las competencias singulares recogidos en las liquidaciones del SFA se les ha deducido los importes de aquellas que se estarían registrando en las funciones de sanidad, edu- cación y servicios sociales en el COFOG, recurriendo para ello a MINHAP (2017) 4 ; y (b) a los importes an- teriores se les ha aplicado el coeficiente que resulta de aplicar el importe de las entregas a cuenta del conjunto de los recursos sujetos a liquidación de cada año, junto con el importe de la liquidación definitiva de estos mis- mos recursos de dos años atrás, al valor definitivo del conjunto de los recursos sujetos a liquidación del año en cuestión. Lógicamente, el valor obtenido sólo puede considerarse una aproximación del gasto que las CCAA realizan efectivamente en estas competencias singulares, dado que, entre otras cuestiones, no se trata de recursos afectados, por lo que las CCAA pueden gastar importes diferentes a la financiación que obtendrían por la vía del SFA para las mismas. Otra diferencia entre CCAA consiste en su nivel de endeudamiento. Debido a ello los intereses correspon- dientes a la deuda pública que se devengan anualmente para cada una tienen un peso diferente, tratándose éste de un gasto que se registra en este bloque de resto de competencias. Con base en lo expuesto anteriormente, de los datos expuestos en la tabla 6 se han deducido los importes correspondientes a las competencias singulares y a los intereses de la deuda pública (véase tabla 7). Una pri- mera observación consiste en que la realización de estos ajustes resulta en un ligero incremento de la correlación positiva de estos empleos por unidad de necesidad con los recursos no financieros por habitante ajustado de cada CA, siendo en 2016 el coeficiente de correlación del 91,2%. Así mismo, la CA con mayor gasto en estas otras competencias por habitante en el periodo 2012- 2016 pasaría a ser Extremadura, seguida de Cataluña y La Rioja. Las CCAA que habrían dedicado un menor gasto a estas otras competencias en este quinquenio habrían sido Madrid, Murcia y Castilla La Mancha. Si se centra la atención en 2016, las diferencias que se re- gistran del gasto de cada CA con la media tras la rea- lización de los ajustes propuestos implica para algunas CCAA cambios importantes (por ejemplo, en Cataluña disminuyen de 155,6% a 136,4% y, por el contrario, en Asturias incrementan de 105,7% a 119%). 132 Noviembre nº 72 - 2018 CONTABILIDAD 4 Dado que esta fuente sólo ofrece información hasta 2014, para 2015 y 2016 se han utilizado las proporciones que se derivan de 2014.
RkJQdWJsaXNoZXIy MTEw