Auditoría Pública nº 72. Revista de los órganos autonómicos de control externo

Ante la debilidad de las actuaciones de seguimien- to que se han puesto de manifiesto, difícilmente puede acreditarse en qué medida los objetivos establecidos en los itinerarios de integración social se están cumpliendo, y difícilmente pueden evaluarse mediante indicadores sus resultados. Tampoco en las comisiones provinciales de inclusión social se realizan estas actuaciones, ya que sus reuniones consisten en una breve exposición de la situación de la gestión de la prestación en distintas fases del procedimiento, tipología de los perceptores, o bien en el tratamiento de problemas que surgen en la trami- tación. Su orden del día y contenido no es homogéneo y no evalúan el grado de consecución de los objetivos contenidos en los proyectos individuales de inserción. Menos todavía en la Comisión de Seguimiento, que a nivel regional se convocó únicamente en tres ocasiones desde la vigencia de la RGC. Se constató por tanto su escasa relevancia, así como la nula constancia de las ac- tuaciones llevadas a cabo a partir de la entrada en vigor del Decreto 10/2015, de 29 de enero, que ha venido a desvirtuar sus funciones, configurándose a partir de en- tonces como un órgano de participación y formulación de propuestas, más que de seguimiento y evaluación de los resultados. Ante la ausencia de indicadores e informes al res- pecto se trató de obtener por el equipo auditor un por- centaje de incorporación al mercado laboral de los per- ceptores de RGC a partir de la información disponible en la aplicación de gestión. De esta manera el Consejo de Cuentas estimó que aproximadamente el 12% de los titulares de RGC que figuraban en la nómina de diciem- bre de 2015 se habían incorporado al mercado laboral en septiembre de 2017, mientras que cerca del 60% de ellos continúan percibiendo la prestación. Para conseguir un mayor éxito en la incorporación al mercado de trabajo de este colectivo es necesario que las actuaciones de la GSS se coordinen con los organismos y unidades administrativas encargadas de las políticas de empleo. Con carácter general, desde la Consejería de Empleo como desde la propia GSS se promueven diver- sas acciones dirigidas a la formación y a la contratación de las personas que se encuentran en grave riesgo de exclusión social. El ECyL, Servicio Público de Empleo de la Comunidad, interactúa con la GSS a través de ser- vicios web creados a efectos de comunicación recíproca de información y facilitar su gestión entre ambos, así como elabora también programas de integración labo- ral para los destinatarios de la prestación, especialmente para aquellos en situación de exclusión social calificada como coyuntural. Los resultados obtenidos al respecto fueron que aproximadamente un 10% de los titulares en nómina de RGC que cobraban la prestación a finales de 2015 estaban incluidos en alguno de los planes de em- pleo aprobados por la Administración regional para este colectivo. A su vez, de las ofertas realizadas por el ECyL a los titulares de los expediente auditados, aproximada- mente en el 40%no se había conseguido ningún resulta- do. En este sentido es importante promover actuaciones con el ECyL, al objeto de potenciar tanto los servicios que presta destinados a los perceptores de RGC como las ofertas con resultados dirigidas a ellos, especialmen- te las de empleo. De cara al futuro es interesante la par- ticipación de la Comunidad en el proyecto denominado PACT (Modelo proactivo orientado a la gestión de caso para inclusión social), donde la GSS lidera y coordina el proyecto y es responsable de la relación con la Comisión Europea, aportando el planeamiento estratégico. En este proyecto, que cuenta con la financiación de la Comisión Europea a través del Programa Europeo para el Empleo y la Innovación Social, se trabaja en la elaboración de una herramienta de diagnóstico de las situaciones de exclusión social, y se está realizando un pilotaje de in- tervención con perceptores de RGC. CONCLUSIONES La eficacia de la RGC viene condicionada por la com- plejidad del procedimiento de gestión necesario para conseguir que los beneficiarios de la misma tengan cu- biertas sus necesidades básicas de subsistencia y puedan salir de su situación de exclusión social, derivada de la configuración de la prestación, las múltiples unidades administrativas dependientes de varias administracio- nes, el reparto de sus funciones, de los medios dispo- nibles y de sus cargas de trabajo, así como de la coordi- nación de actuaciones entre ambas. En este entramado puede suceder que la centralización de actuaciones oca- sione retrasos y disfunciones en las aplicaciones y pro- cedimientos de gestión, pero también debe plantearse si es excesiva la delegación de la carga de trabajo existente sobre los CEAS de las corporaciones locales, teniendo en cuenta que se configuran como entes colaboradores. En el análisis de este procedimiento se detectaron re- trasos en distintas fases del procedimiento que implican que un expediente por término medio se resuelva en un plazo muy superior al establecido en la norma, lo que resulta inadecuado con la propia naturaleza de la pres- tación creada, como se ha dicho, para atender necesida- des básicas de colectivos en situaciones exclusión social. Los medios personales intervinientes en la gestión de la RGC son un factor clave para entender algunas de las disfunciones y problemas que se plantean: están destinados preferentemente a tareas encaminadas a re- La eficacia de la gestión de la renta garantizada de ciudadanía en Castilla y León 45 Auditoría Pública nº 72 (2018), pp. 37 - 46

RkJQdWJsaXNoZXIy MTEw