Auditoría Pública nº 72. Revista de los órganos autonómicos de control externo

1. INTRODUCCIÓN La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (LGS), siguiendo el precepto constitucional sobre el de- recho a la protección de la salud y la atención sanitaria de todos los ciudadanos, estableció un modelo sanitario de carácter público, universal y gratuito y dispuso que el Sistema Nacional de Salud (SNS) estuviera integrado por los servicios de salud de la Administración del Esta- do y los de las comunidades autónomas, en consonancia con los preceptos constitucionales que establecían el ca- rácter descentralizado de la organización sanitaria. El traspaso de competencias en materia de sanidad a todas las comunidades autónomas en 2001 conllevó la necesidad de adoptar un modelo de financiación inte- grado para garantizar la sostenibilidad financiera y re- forzar la corresponsabilidad fiscal y la solidaridad entre las mismas. Como consecuencia de ello, a partir de 2002 serán las comunidades autónomas las que financiarán mayoritariamente la atención sanitaria y, por tanto, deberán tomar decisiones sobre el presupuesto sanita- rio para su territorio, respetando siempre los mínimos acordados a escala nacional. En la Comunidad de Castilla y León, en el ámbito definido por la asunción de competencias en el Estatu- to de Autonomía, se dicta la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario y la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, donde se configura al Servicio de Salud de Castilla y León, denominado Gerencia Regional de Salud (GRS), como un organismo autónomo adscrito a la consejería competente en materia de sanidad, dotado de personalidad jurídica, patrimonio y tesorería propios, y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. A nivel organizativo la estructura del sistema autonómico de salud comprende una consejería competente en materia de sanidad, actualmente la Consejería de Sanidad, que en el marco de la política sanitaria definida por la Junta de Castilla y León es la responsable de la regulación y la planificación en materia de política y atención sanitaria y un Servicio Regional de Salud que se encarga de la provisión de servicios, la GRS, que es un organismo autónomo adscrito a esa Consejería. Y todo ello, en palabras de las últimas modificaciones normativas, bajo los principios de racionalización de la organización, la simplificación administrativa y la eficiencia en la asignación de los recursos, con el objetivo de establecer el carácter horizontal y único para todo el Sistema Público de Salud de Castilla y León. Hay que señalar, antes de comenzar el análisis, que el sector sanitario es una pieza clave en el Estado de bienestar,unodelosprincipalescaucesderedistribución de la riqueza y uno de los factores que contribuyen a la mejora de los indicadores de salud y calidad de vida. Pero también es un sector con un alto peso en el análisis económico, tanto en términos absolutos (miles de millones de euros) como relativos (en relación con el PIB). Por eso este sector se encuentra en el punto de mira de la adopción de medidas de racionalización del gasto público que tienen como objetivo hacer del SNS un sistema sostenible financieramente. (IGTC, 2012) La principal fuente de datos han sido los informes de control financiero permanente emitidos por la Intervención General de la Administración de la Comunidad (IGACYL), que no incluyen información de los Servicios Centrales de la GRS ni de las Gerencias de Salud de Área, ya que su ámbito se limita a las Gerencias de Atención Primaria (GAPs), Gerencias de Atención Especializada (GAEs) y la Gerencia de Emergencias Sanitarias (GES). La fiscalización no se ha referido al gasto sanitario, sino a la deuda sanitaria, a pesar de que en ocasiones, dada su íntima vinculación, se realicen análisis con referencias al gasto. De ahí que tampoco se haya analizado la financiación del gasto sanitario, lo que podría llevar a tratar del sistema de financiación autonómica o su posible modificación, lo que supondría un examen que no es objeto del alcance de la auditoría. 2. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN - Respecto de la evolución de la deuda sanitaria no imputada a presupuesto: • Análisis de la evolución de la deuda sanita- ria no imputada a presupuesto en el periodo 2011-2016. La evolución de la deuda sanitaria de la GRS en el periodo 2011-2016 es la siguiente: 60 Noviembre nº 72 - 2018 AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS

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