Auditoría Pública nº 72. Revista de los órganos autonómicos de control externo

también excede las dotaciones presupuestarias finales. A pesar de que el importe se incremen- ta vía modificaciones presupuestarias, el presu- puesto final tampoco alcanza a cubrir todos los gastos de la GRS. Y eso es así por la existencia de la deuda, de las obligaciones pendientes de imputar que son reconocidas en el ejercicio si- guiente y absorben créditos que serían necesa- rios para el ejercicio en que los gastos realmen- te se devengan. Sin entrar en datos concretos, las modifica- ciones presupuestarias han tenido un eleva- do impacto en el presupuesto en el periodo 2011 a 2016, lo que supone que una parte del presupuesto ejecutado no se corresponde, ni cuantitativa, ni cualitativamente, con lo inicial- mente aprobado. Esta recurrente financiación adicional a través de las modificaciones opera como factor distorsionador en la gestión de la GRS, ya que implica que mediante modifica- ciones presupuestarias se financien, en detri- mento de otras áreas, gastos para la cobertura de necesidades que presentan consignaciones insuficientes pero que eran conocidas en el momento de la aprobación del presupuesto, en particular las derivadas de gastos de capítulo 2 y en menor medida de capítulos 4 y 1, que se presentan como los principales epígrafes desti- natarios de las modificaciones. Esto es eviden- te en el año 2014 donde las modificaciones de capítulo 2 redujeron la dotación presupuestaria en 111.414.255,51 € (un -542,21% sobre el im- porte total de las modificaciones) y a final de año la deuda en dicho capítulo había pasado de 158.939.703,23 € a 413.982.445,12 €. Hay que señalar que los mayores incrementos producidos sobre el presupuesto inicial de la GRS tienen una relación directa con las inyec- ciones de dinero por parte de la Administración central, a través de los mecanismos extraor- dinarios, dada la insuficiencia de financiación que presentan las comunidades autónomas. En el siguiente cuadro y gráfico se hace una comparación similar a la del apartado ante- rior pero con los créditos definitivos de cada anualidad, incorporadas las modificaciones, que viene a ratificar la falta de cobertura presu- puestaria en cada ejercicio, si bien la suficiencia presupuestaria es mayor que con respecto al presupuesto inicial. Análisis y evolución de la deuda sanitaria no imputada a presupuesto en la Comunidad de Castilla y León 63 Auditoría Pública nº 72 (2018), pp. 59 - 70 • Planes especiales y otros mecanismos ex- traordinarios para paliar el déficit de finan- ciación del gasto sanitario en la Comunidad de Castilla y León. La Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Pre- supuestaria y Sostenibilidad Financiera intro- dujo, en la Disposición adicional primera, la posibilidad de que las administraciones auto- nómicas y locales se acogieran a mecanismos de financiación extraordinarios. En ese marco se crearon dos fondos: el Fondo para la Finan- ciación de los Pagos a Proveedores (FFPP) por el Real Decreto-Ley 7/2012 y el Fondo de Li- quidez Autonómica (FLA) por el Real Decreto-

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