Auditoría Pública nº 73. Revista de los órganos autonómicos de control extreno

2.5. Adaptar las Cuentas Contables recogidas en la Parte Cuarta “Cuadro de cuentas” y Parte Quinta “De- finiciones y relaciones contables”, incorporando nuevas cuentas que se consideran convenientes para reflejar operaciones de carácter económico-financiero frecuen- tes en la gestión de los partidos políticos y eliminando, por innecesarias, otras cuentas. 5. REFLEXIONES FINALES Los resultados del ejercicio de las competencias que el Tribunal de Cuentas tiene encomendadas en relación con los partidos políticos tienen una gran repercusión en el ámbito público, por lo que la institución resulta imprescindible para, desde el ejercicio de las funciones que tiene encomendadas, salvaguardar que en la finan- ciación y en la gestión económico-financiera de las for- maciones políticas -factores tan esenciales para garanti- zar la estabilidad del sistema democrático-, se observen de manera adecuada los principios exigidos de regulari- dad y transparencia. Adicionalmente, la especial sensibilidad de la ciuda- danía ante las irregularidades vinculadas, en algunos casos, a la financiación de los partidos políticos, deman- da de los mismos una gran responsabilidad. Ello hace que sean precisas medidas de vigilancia de la actividad económico-financiera de los partidos políticos, con las que se avance en la transparencia y el control al que han de estar sometidos. El Tribunal de Cuentas, consciente de que su labor constituye un elemento básico de este engranaje, viene efectuando un especial esfuerzo por realizar fiscaliza- ciones de partidos políticos reduciendo los plazos, de modo que sus resultados sean más oportunos para pro- gramar la actividad anual pudiendo seguir la senda que marcan las recomendaciones formuladas. Además, des- de el correspondiente al ejercicio 2015, los informes de fiscalización se vienen ajustando a las previsiones intro- ducidas en la LOFPP por la LO 3/2015, que intensifica el alcance del control y, por lo tanto, entran a verificar, de manera más profunda, los distintos aspectos de la ges- tión de aquellos. Adicionalmente, la mencionada LO 3/2015 prevé la adaptación a la misma del Plan de Contabilidad Adap- tado a las Formaciones Políticas, lo que ha llevado a una reciente modificación de dicho Plan, que recoge, ade- más, cambios derivados de la experiencia fiscalizadora del Tribunal. También se ha incrementado el personal del departamento del Tribunal responsable del control de los partidos políticos, en un proceso encaminado a alcanzar la suficiencia de recursos para desarrollar sus funciones en esta materia. Asimismo, se ha avanzado en la eficiencia de las actuaciones del Tribunal mediante el incremento del empleo de herramientas tecnológicas que incrementen el rendimiento del trabajo realizado. No obstante los importantes logros obtenidos hasta ahora, el compromiso del Tribunal de Cuentas de seguir profundizando en el fortalecimiento del control de las formaciones políticas sigue más vigente que nunca, pre- cisamente para que estas puedan cumplir, de la mejor forma posible, con su función constitucional, que resul- ta imprescindible para garantizar un Estado democráti- co de calidad. 16 Junio nº 73 - 2019 AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS

RkJQdWJsaXNoZXIy MTEw