Auditoría Pública nº 73. Revista de los órganos autonómicos de control extreno

1. INTRODUCCIÓN La contratación pública supone una actividad cuya importancia y peso en las economías de los países que está fuera de cualquier duda. Según datos del año 2015, la contratación pública alcanzaba el 10.4% del PIB en España y del 13.7% en la Unión Europea 1 (Comisión Europea, 2017). La Comisión Europea, consciente de las posibilida- des que ofrece un instrumento de estas características ha entendido que la contratación pública no ha de ser un mero hecho administrativo para adquirir bienes y servicios sino que ha de usarse de forma estratégi- ca para alcanzar objetivos de tipo económico, social y medioambiental alineados con las políticas que están marcando el futuro en el seno de la institución europea. Así ha sido recogido en las directivas de contratación pública que recogen literalmente: La contratación pú- blica desempeña un papel clave en la Estrategia Europa 2020, establecida en la Comunicación de la Comisión de 3 de marzo de 2010 titulada «Europa 2020, una estrate- gia para un crecimiento inteligente, sostenible e integra- dor» («Estrategia Europa 2020») . Otro de los aspectos fundamentales que caracteriza a la contratación pública es que puede ser enormemente com- pleja, dependiendo de la naturaleza del objeto a contratar, las administración responsable de la misma, el número de administraciones que pueden interferir en el desarrollo de los contratos, la regulación del mercado y el grado de com- petencia, la calidad de los trabajos previos a la contrata- ción, los modelos y criterios de contratación, etc. Esta complejidad deriva fundamentalmente en dis- tintos grados de incertidumbre y es en este espacio en donde emergen los posibles riesgos 2 ligados a la contra- tación pública, previsibles o no, pero que pueden po- ner el peligro el objeto de la misma, sus costes, plazos, alcance, calidad e incluso otros aspectos transversales como la integridad y transparencia del proceso. Existen multitud de estudios previos, tanto a ni- vel académico como a nivel institucional que abordan el tema de la gestión del riesgo desde diferentes pers- pectivas. En función de la naturaleza y procedencia del riesgo son destacables aquellos centrados en el riesgo de corrupción de la contratación pública (European Com- mission, 2009; OCDE, 2009; World Bank, 2007; Ferwer- da et al., 2013; Graycar A. et al. 2013;) o bien aquellos que se centran en los riesgos derivados del propio desa- rrollo de los contratos públicos, esto es: desviaciones en los plazos (Youcef et al., 2018; Trauner et al., 2009), cos- tes (Ganuza, 2007; Singh, 2011; Sarmento et al., 2017), calidades y alcance de los mismos (Bröchner et al., 2016; Asker et al., 2010) Como puede entenderse, sólo teniendo una visión ce- nital del problema, en el que se analicen todos los agentes implicados: administraciones, operadores económicos e incluso usuarios o destinatarios finales de los bienes y/o servicios se podrán llegar a conocer los riesgos y sus pro- cedencias, y lo que es más importante las posibles solu- ciones y planes de contingencia para su tratamiento. La gestión de riesgos forma parte de los principios de la mejora continua. De esta forma se hace necesario 18 Junio nº 73 - 2019 AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS 1 Public Procurement Indicators 2015. DG GROW G4 - Innovative and e-Procurement. Ref. Ares (2016)7128361 - 22/12/2016. 2 A lo largo de la presente publicación se considerará válida la definición de riesgo recogida en en el estándar UNE-ISO 31000:2018 que lo expresa como “efecto de la incertidumbre sobre los objetivos”. Con frecuencia se refieren igualmente a sus probabilidades y consecuencias.

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