Auditoría Pública nº 73. Revista de los órganos autonómicos de control extreno

Consejo, de 21 de mayo de 2013 1 , relativo al Sistema Eu- ropeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC 2010) 2 . Se trata de un reglamento obliga- torio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. La normativa SEC requirió una adaptación para su aplicación a las entidades loca- les, que se produjo con la publicación del “Manual de cálculo del déficit en contabilidad nacional adaptado a las Corporaciones Locales” (IGAE-MHFP). El manual constituye una guía que ayuda a interpretar el contenido del SEC y, a partir de los datos de las cuentas públicas, permite una aproximación al déficit según los criterios SEC, teniendo en cuenta las diferencias metodológicas existentes entre la contabilidad nacional y los sistemas de contabilidad pública y la necesidad de poder realizar una comparación homogénea de la información. Si bien el manual se apoya en la concepción de la contabilidad nacional como un sistema dinámico que se actualiza de manera continua y que no pretende ser exhaustivo, con la entrada en vigor de la LOEPSF la es- tabilidad presupuestaria tiene una importante repercu- sión en la gestión de las entidades locales, haciéndose necesaria una mayor certeza y seguridad en los cálculos y ajustes que deben realizarse para determinar el cum- plimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y regla de gasto. A raíz de la nueva LOEPSF y su nor- ma de desarrollo, la Orden 2105/2012 de suministro de información, surgen otros documentos que adaptan la normativa SEC como principalmente la “Guía para la determinación de la regla de gasto” y las diferentes guías o instrucciones del MHFP para el suministro de información anual o trimestral, y que junto al manual de cálculo de déficit recogen los diferentes ajustes de contabilidad nacional. De esta forma, los ajustes figuran dispersos en diversos documentos, fuera de una estricta reglamentación y a falta de ser unificados. Debe considerarse, por ejemplo, que la guía de la re- gla de gasto contiene, no solo ajustes aplicables a esta, sino también ajustes sobre el saldo no financiero, esto es, aplicables al objetivo de estabilidad presupuestaria. Por su parte, las guías trimestrales incluyen ajustes a ambos objetivos, tratándose en este caso de documentos vivos que pueden incorporar novedades para un determinado trimestre en el que se suministra información, o a partir del mismo. Por otra parte, los ajustes SEC resultan especialmente faltos de concreción en la fase de aprobación presupues- taria. Entendiendo la dificultad que entraña moverse en el ámbito de las previsiones y no de los datos, podrían al menos acotarse algunos aspectos, como por ejemplo el número de ejercicios ya liquidados que deben tenerse en cuenta a la hora de realizar la estimación de un deter- minado ajuste, ya sea sobre los gastos o sobre los ingre- sos. El dato puede diferir sustancialmente si a la hora de efectuar, por ejemplo, la previsión del ajuste relacionado con el saldo de la cuenta 413, de acreedores pendientes de aplicar a presupuesto (actual cuenta de acreedores por operaciones devengadas), nos atenemos a los resul- tados de esta cuenta en el ejercicio anterior o lo extende- mos a los resultados de los tres últimos ejercicios. El reto continúa: la estabilidad presupuestaria en las entidades locales. Especial referencia al mapa de entes dependientes y adscritos y a la clasificación SEC 61 Auditoría Pública nº 73 (2019), pp. 59 - 68 1 Su precedente fue el Reglamento (CE) nº 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativo al Sistema Europeo de Cuentas 1995 (SEC 95). 2 Constituye un marco contable comparable a escala internacional, cuyo fin es realizar una descripción sistemática y detallada del total de una economía (una región, un país o un grupo de países), sus componentes y sus relaciones con otras economías. Se basa en los conceptos del Sistema de Cuentas Nacionales, SCN2008, que proporciona las directrices sobre contabilidad nacional para todos los países del mundo. No obstante, existen algunas diferencias entre el SEC 2010 y el SCN 2008

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