Auditoría Pública nº 73. Revista de los órganos autonómicos de control extreno
correcta estructuración de la UCE (Unidad de control de Empresas), de forma obligatoria, así como el sistema de reparto de costes entre todo el sector público empresarial, fundacional y entes en los que el Ayuntamiento de Tarra- gona ostente la mayoría o tenga el control de la gestión. La gestión de dicho encargo se estructura a través de con- venios con todos y cada uno de los entes instrumentales. La concreción del funcionamiento de esta UCE, se perfila al definir la misión que el Ayuntamiento Pleno le encarga y que es: implementar, verificar y estructurar la razonabilidad y suficiencia del diseño y del funcio- namiento de las estructuras, los sistemas de control interno y gestión de riesgos. Para ello se definen claramente los siguientes objeti- vos de control: a) Que los riesgos y contingencias que pueden afectar a la organización se encuentran identificados, me- didos, priorizados y controlados adecuadamente. b) Que las operaciones y planificación de los recursos, se realizan con criterios de eficacia y eficiencia. c) Que las operaciones se realizan de acuerdo con las leyes, regulaciones y contratos aplicables, así como con las políticas, normas o procedimientos vigentes. d) Que los activos están adecuadamente protegidos y se controlan razonablemente. e) Que los registros contables sean fiables y los siste- mas de información estén debidamente protegidos. f) Que la información financiera, de gestión y opera- tiva más significativa se elabore e informe de forma adecuada, y en los plazos previstos, cumpliendo los objetivos y criterios de la Ley de estabilidad presu- puestaria y sostenibilidad financiera y los definidos por la Intervención General municipal. Para cada una de las empresas que conforman el ám- bito de actuación de la Unidad de Control de Empresas, se desarrollan los siguientes protocolos y procedimientos: Modelo de control integral en los entes instrumentales. Una nueva forma de control de los mismos 79 Auditoría Pública nº 73 (2019), pp. 77 - 86 Para el ejercicio de sus funciones el Pleno asigna al responsable de la UCE, las siguientes funciones (no lite- rales), recogiendo el concepto global de control e inte- grando en el mismo, aquellas funciones que se derivan de la creación de la figura del responsable de cumpli- miento normativo penal, las necesarias para garanti- zar el cumplimiento de los objetivos de control y todas aquellas que posibilitan la realización de funciones adicionales encargadas por el órgano de control inter- no municipal y que contribuyen a la configuración del adecuado entorno de control: a) Verificar la existencia de un sistema de control de riesgos adecuado y suficiente , con identificación de las áreas especialmente significativas. b) Velar por la integridad , esto es, que sea completa y correcta, de la información contable y de gestión , emitida, tanto interna como externa. c) Preparar, diseñar y formalizar el oportuno mapa de riesgos del grupo previamente definido, así como los sistemas de seguimiento de la gestión del men- cionado riesgo. d) Velar por el cumplimiento de la legalidad, con ca- rácter previo a la adopción de decisiones, en todo aquello que no sea función propia de los secretarios de los consejos de administración, y especialmente la adecuación de la actividad de la empresa a su objeto social y a los principios de gestión pública (personal, especialmente su selección, contrata- ción, gestión financiera…) e) Efectuar auditorías de contratos , con objeto de ve- rificar el cumplimiento de los términos y condicio- nes acordados, contribuyendo a mejorar los corres- pondientes mecanismos de control, y siguiendo las instrucciones que al efecto se puedan haber emiti- do por la Intervención General Municipal . f) Verificar la correcta y efectiva implantación rea- lizada por la empresa, o diferentes unidades de gestión, de las recomendaciones derivadas de los trabajos de auditoría realizados (seguimiento del plan de acción aprobado por el alcalde y presenta- do al Pleno, como consecuencia del informe de la intervención general municipal). Modelo de prevención de delitos Sistema de control interno de información financiera Programa de cumplimiento normativo MPD SIIF PCN
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