Auditoría Pública nº 75. Revista de los órganos autonómicos de control externo

Con buen criterio, el Código no pretende ser un ca- tálogo exhaustivo de los valores y virtudes propios del auditor público, lo que supondría escribir un auténtico tratado de ética. Por ello, se opta por una labor de selec- ción que enfatiza determinados valores entre el amplio catálogo de las virtudes de las personas en tanto que ciu- dadanos, profesionales y servidores públicos. Desde la perspectiva axiológica, se identifican dos va- lores de respeto básicos hacia la profesión de auditoría como son la independencia y la competencia profesio- nal y diligencia debida. En una sociedad, la contribución del auditor público a la construcción de democracias ex- celentes debe pasar por la defensa de la libertad de crite- rio y el buen ejercicio profesional. Cuando los vigilantes de las finanzas públicas soslayan el rigor en la aplicación de las reglas profesionales o se pliegan a deseos de ter- ceros, surge la desconfianza ciudadana y se facilita las actitudes espurias. En el centro axiológico de la justicia se resaltan vir- tudes equitativas como la integridad y la objetividad. Como nos enseñó el extremo ejemplo socrático, la obe- diencia de las normas públicas, desde las leyes a las NIA- ES-SP, constituye una obligación de solidaridad social que el auditor público debe atender prioritariamente. Además, el fiel y leal cumplimiento de las obligaciones profesionales y el equilibrio en la ponderación de los juicios suponen un deber de equidad en el ejercicio de la función pública de control. Finalmente, la cúspide de los deberes éticos exige al auditor público practicar la paideia (autodominio) para actuar con la templanza y sobriedad de quien trabaja conforme al comportamiento profesional, la indepen- dencia y el escepticismo profesional. El buen ejercicio de los controles públicos exige valentía para defender, con moderación, la libertad de juicio profesional y dis- creción en las conversaciones privadas. 106 Junio nº 75 - 2020 AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS 3. DESARROLLO DE LOS PRINCIPIOS ÉTICOS FUNDAMENTALES. 3. 1 Integridad La integridad debe encabezar el frontispicio de prin- cipios éticos porque es la base para el buen ejercicio de la profesión y la legitimación social del trabajo auditor. Puede afirmarse que el resto de valores éticos, como la independencia de criterio o la discreción en el trabajo, no dejan de ser aplicaciones específicas de este princi- pio fundacional. Principios éticos del auditor público Fuente: elaboración propia Principios éticos del auditor público Respeto •Independencia •Comportamiento profesional Justicia •Integridad •bjetividad Autodominio •Competencia y diligencia •Confidencialidad •Escepticismo profesional 1. Integridad. El auditor público deberá comportarse con recti- tud, probidad, honradez, buena fe y a favor del interés público en todas sus relaciones profesionales, de manera que su comporta- miento sea intachable (CIGAE).

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