Auditoría Pública nº 75. Revista de los órganos autonómicos de control externo
• Brindar oportunidades para la participación directa de las partes interesadas externas en el sistema de contratación pública, con el objeti- vo de potenciar la transparencia y la integri- dad a la vez que asegura un nivel adecuado de control, sin perjuicio del respeto constante de la confidencialidad, la igualdad de trato y de- más obligaciones legales del procedimiento de contratación pública. 4.- CONCLUSIONES En este trabajo se han recogido las novedades inclui- das en la ley de contratos en defensa de la competencia para a continuación relacionar una serie de recomen- daciones que pueden servir como orientación para el órgano de control a la hora de abordar este apartado del informe de fiscalización. Pero la tarea de contribuir al desarrollo de la gestión pública no finaliza aquí sino que es necesario realizar un seguimiento de las recomendaciones formuladas. Es conocido que la mera realización de actuaciones de seguimiento de las recomendaciones formuladas cons- tituye un incentivo para su cumplimiento, por lo que parece razonable hacer uso de este instrumento para procurar la eficacia de las actuaciones realizadas. Sin embargo, cabe también recordar que el cumplimiento de las recomendaciones no debe constituir un fin en sí mismo, sino que el objetivo principal es la desaparición de las prácticas anticompetitivas u otras situaciones de hecho originarias de las deficiencias que dieron lugar a la recomendación. Por tanto, cuando se aborde el se- guimiento de las recomendaciones efectuadas, en esta u otra materia, no debe restringirse exclusivamente a la comprobación de la implementación de las recomenda- ciones sino que, debe entenderse como el conjunto de las actuaciones dirigidas a la comprobación de la des- aparición de las deficiencias puestas de manifiesto en fiscalizaciones previas, aun cuando estas hubieren sido solventadas haciendo uso de medios o procedimientos alternativos a los consignados en las recomendaciones. De nada serviría verificar que se ha cumplido la reco- mendación en los términos en que fue formulada si no se hubiesen resuelto las deficiencias que la originaron. 124 Junio nº 75 - 2020 LEGALIDAD 5.- BIBLIOGRAFÍA: z Manual para la formulación y el seguimiento de recomendaciones, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión de 28 de noviembre de 2019. Normas de fiscalización del Tribunal de Cuentas, aprobadas por el Pleno el 23 de diciembre de 2013. Manual de estilo del tribunal de cuentas aplicable a los documentos en los que se exponen los resultados del ejercicio de la función fiscalizadora del tribunal de cuentas, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuen- tas el 23 de julio de 2015. Directiva (UE) 2019/1 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2018 encaminada a dotar a las autoridades de competencia de los estados miembros de medios para aplicar más eficazmente las normas sobre competencia y garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior. Recomendación del Consejo de la OCDE sobre Contratación Pública. Guía sobre contratación pública y competencia de la Comisión Nacional de la Competencia. Guía sobre contratación pública y competencia de la Autoridad Vasca de la Competencia. Documento sobre detección de la colusión en la contratación pública de la Autoridad Catalana de la Com- petencia. Observatorio de Contratación Pública: “La necesaria cooperación entre los Tribunales de Recursos contrac- tuales y las Autoridades de Defensa de la Competencia ante prácticas anticompetitivas”. IPN/CNMC/010/15 Informe sobre el Anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público.
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