Auditoría Pública nº 75. Revista de los órganos autonómicos de control externo
culo que se realice se tomará solo el importe imputado en el ejercicio a la cuenta. 3.4 Conclusión Por todo ello, se entiende que existe financiación ma- yoritaria, si se cumplen los siguientes requisitos: • Que el ente financiador sea la Generalitat, las entidades locales y/o las universidades públi- cas valencianas. • Que la financiación no provenga de una con- vocatoria pública. • Que la financiación haya sido abonada sin contraprestación del ente. • Que la financiación sea superior al 50% sobre la base de cálculo de las partidas de la cuenta de pérdidas y ganancias que integran los in- gresos de explotación o de la actividad, de las cuentas anuales. • Que, aun no cumpliendo todos o alguno de los cuatro requisitos anteriores, se evidencie que los controles de esa fuente de financiación son lo suficientemente restrictivos para dictami- nar la política general del ente. Si se presentan dudas respecto del cumplimiento de los requisitos referidos anteriormente, se considerarán indicios de que no se produce su cumplimiento y, por tanto, no existe financiación mayoritaria, cuando se den todas o algunas de las circunstancias siguientes: • La financiación se ha producido solo en un año, no en los anteriores ni se prevé en los si- guientes. • La participación en el capital o en fondo social de la entidad financiadora en el ente, es infe- rior al 25%. • El ente no ha sido creado por decisión pública ni mediante la aprobación de una ley. Finalmente, cabe destacar que la financiación puede adoptar muchas formas, y que lo fundamental es deter- minar la existencia de una ventaja, es decir, un beneficio económico que una empresa no podría haber obtenido en condiciones normales de mercado. 4. DISEÑO INICIAL El INVENS se configura como un documento elec- trónico que contiene, en sus filas, a todos los entes ins- critos, con información diferente para cada ejercicio económico; y, en sus columnas, campos idénticos para todos los ejercicios, con la información variable que les da valor. El punto de partida ha sido el ejercicio 2017, aunque ya se han incluido también los ejercicios 2018 y 2019, y sucesivamente se incluirán los ejercicios si- guientes. 4.1 Campos En el artículo 2 del RSC se establece el siguiente con- tenido obligatorio del INVENS, que se muestra acom- pañada de sus nombres de campo correspondientes: • Cuentas que han sido rendidas: Ejercicio • Fecha rendición: Fecha de rendición • Incidencias: Incidencias / observaciones Se ha añadido un contenido más amplio para que cualquier usuario pueda conocer de una manera más útil, sencilla y sistemática, cuáles son los entes que están obligados a rendir cuentas a la SC y que, por tanto, son objeto de fiscalización. En este sentido, se ha considera- do oportuno establecer los siguientes dieciséis campos adicionales a los tres anteriores, cuyos nombres son: • NIF • Código • Nivel • Tipo de ente • Nombre • Ámbito territorial • Adscripción • NIF ente principal • Número de entes de la unidad institucional • Tipo ente principal • Nombre ente principal • Fecha alta • Fecha baja • Cuenta general (referida a la obligación de in- tegrar o acompañar) • Cuentas rendidas (referido a su cumplimiento o no) • Demora en días (referido a la demora en la rendición referida a la fecha de la última ac- tualización) El contenido y la delimitación de cada uno de los campos han sido definidos previamente, y el resultado de dicho análisis se ha incorporado a un Manual de Procedimientos del INVENS (Manual), cuya prime- ra versión ya se encuentra elaborada, pendiente de su aprobación definitiva. Se distinguen entre campos que valoran a los entes inscritos y otros que valoran la rendición de cuentas, así como entre aquellos campos que se calculan de manera automática, de los que deben ser definidos en cada caso en relación a los entes o grupos homogéneos de entes. Interesa destacar al respecto, por su importancia para el adecuado funcionamiento del INVENS, cómo se han configurado los campos: “Nivel”, “Adscripción” y “Cuen- ta General”, todos ellos necesitados de una definición y que son los que plantean una mayor complejidad. El inventario de entes sujetos a rendición de cuentas (INVENS) y su puesta en marcha por la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana 131 Auditoría Pública nº 75 (2020), pp. 125 - 136
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