Auditoría Pública nº 75. Revista de los órganos autonómicos de control externo

Analisis de la naturaleza jurídica de la accion concertada sanitaria de las CC.AA. 159 Auditoría Pública nº 75 (2020), pp. 137 - 160 sonalizada, arraigo en el entorno, elección de la persona o continuidad en la atención etc... Undécimo. - La administración sanitaria y la entidad han de suscribir un documento administrativo de for- ma y contenido reglamentado. Su extensión siempre es de base plurianual, aunque variable entre comunidades autónomas se suelen establecer periodos iniciales pro- rrogables tras las oportunas evaluaciones periódicas. Duodécimo. - Todas las normas autonómicas que han regulado la acción concertada sanitaria disponen expre- samente la no aplicación de la normativa sobre contratos a pesar de su numen (conciertos o acuerdos con entida- des sin ánimo de lucro), sea el mismo que (régimen de los conciertos) el de la anterior legislación de contratos. Decimotercero. - La Administración concertada sa- nitaria (conciertos y convenios) va a convivir en nuestro ordenamiento jurídico con la denominada acción con- certada de la Administración sanitaria. Los conciertos ajustándose a lo dispuesto para el contrato de servicios (LCSP) y los convenios singulares (extracontractuales) ajustándose a la legislación administrativa general (Ley 39/2015 y Ley 40/2015) y a la correspondiente legisla- ción autonómica que los regule. Además, entendemos que se van a trasladar supuestos antes incluidos en la tradicional figura de concierto y convenio singular a la nueva acción concertada bajo las fórmulas no contrac- tuales previstas en la vigente LCSP, tal y como lo ha plas- mado algunas CCAA . A este complejo panorama se añade el principio de supletoriedad jurídica, a favor de la normativa en mate- ria de contratación pública, establecido en la normativa de la mayoría de las CCAA. BIBLIOGRAFÍA Arratibel Arrondo, José Antonio (2000): “El nuevo régimen jurídico de gestión del sistema nacional de salud y del sistema sanitario vasco”, en Revista Vasca de Administración Pública, n. 56, 2000. (2007) “Límites jurídicos a la huida del Derecho Público de los entes instrumentales del Sistema Nacio- nal de Salud”. Noticias jurídicas.com, 2007. (2013) “Determinación de los elementos jurídicos motivadores en la concertación de prestaciones sanitarias”. Auditoría pública: revista de los Órganos Autónomos de Control Externo, ISSN 1136-517X, Nº. 60, 2013, págs. 43-56. Bauzá Martorell, F.J. : (2018).”Convenios con particulares: límites entre contrato, convenio y subvención”. Número 48 de la Revista General de Derecho Administrativo (Yuste, mayo 2018). Ciriza, L. y Purroy, E. : (2010). “La colaboración de las entidades de iniciativa social en la prestación de servicios sociales: análisis comparado de las leyes de servicios sociales”. Revista Española del Tercer Sec- tor, 14: 159-165. Cueto Pérez, M. (2018) “La continuidad del concierto sanitario tras la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público”, en Libro Homenaje al Profesor Ángel Menéndez Rexach, 2018. Domínguez Martín, M. : (2019). “ Los contratos de prestación de servicios a las personas. Repensando las formas de gestión de los servicios sanitarios públicos tras las Directivas de contratos de 2014 y la Ley 9/2017 de contratos del Sector Público”. Revista General de Derecho Administrativo (Yuste, enero 2019). Domínguez Simón, A. : (2007). “El contrato de gestión de servicio público en la modalidad de concierto” Revista derecho y salud, Volumen 21, Extraordinario XIX Congreso. Gomez Marti, M . (1997). “El contrato-programa del hospital universitario de canarias aproximación al ré- gimen jurídico de los conciertos sanitarios”, en Revista Derecho y Salud, volumen 5, número 1 Barcelona Lafarga Traver, J. L. ( 2006). Mesa de trabajo “convenios singulares y contratos. volumen 14, marzo 2006 Extraordinario XIV Congreso Derecho y Salud, Lopez Benitez, M. (2011) “¿Sirve la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para la contratación de los servicios sanitarios? Algunas reflexiones a propósito de los contratos sobre servicios y bienes sanitarios”. Revista Derecho y Salud (enero-junio 2011) vol. 9, nº 1, págs. 51-52. Ed Asociación juristas para la salud.

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