Auditoría Pública nº 75. Revista de los órganos autonómicos de control externo

52 Junio nº 75 - 2020 AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS Esta sección se iniciará con el siguiente párrafo: Las cuestiones clave de la auditoría son aquellas cuestiones que, según nuestro juicio profesional, han sido de la ma- yor significatividad en nuestra auditoría de las cuentas anuales del periodo actual. Estas cuestiones han sido tra- tadas en el contexto de nuestra auditoría de las cuentas anuales en su conjunto, y en la formación de nuestra opi- nión sobre éstas, y no expresamos una opinión por sepa- rado sobre esas cuestiones. El auditor público determinará, entre las cuestiones comunicadas a los responsables de la entidad, aquellas que le hayan requerido atención significativa al realizar la auditoría. La significatividad se puede entender como la im- portancia relativa de una cuestión considerada en el contexto de factores cuantitativos y cualitativos, tales como la magnitud relativa, la naturaleza y efecto sobre la materia objeto de análisis, así como el interés expre- sado por los usuarios a quienes se destinan los estados financieros o las personas que los reciben. Esto requiere un análisis objetivo de los hechos y circunstancias, así como de la naturaleza y extensión de la comunicación con los responsables del gobierno de la entidad. La NIA-ES-SP 1701 cita, como de mayor significati- vidad, las siguientes cuestiones: a) La importancia que tiene la cuestión para la com- prensión de los estados financieros en su conjunto por los usuarios a quienes se destinan, en especial, su materialidad o importancia relativa con respec- to a los estados financieros. b) La naturaleza de la política contable relativa a la cuestión o la complejidad o subjetividad implíci- tas en la selección por la dirección de una política adecuada en comparación con otras entidades del sector. c) La naturaleza e importancia relativa, cuantitativa o cualitativa, de las incorrecciones corregidas y de las incorrecciones acumuladas no corregidas debi- das a fraude o error relacionadas con la cuestión, en su caso. d) La naturaleza y extensión del esfuerzo de auditoría necesario para tratar la cuestión, incluidos: e) El grado de habilidades o conocimientos especiali- zados necesarios, en su caso, para aplicar los pro- cedimientos de auditoría para tratar la cuestión o valorar los resultados de esos procedimientos. f) La naturaleza de las consultas a personas ajenas al equipo del trabajo en relación con la cuestión. g) La naturaleza y la gravedad de las dificultades para la aplicación de los procedimientos de auditoría, la evaluación de los resultados de esos procedimien- tos y la obtención de evidencia pertinente y fiable en la que basar la opinión del auditor, especialmen- te a medida que los juicios del auditor van siendo más subjetivos. h) La gravedad de cualquier deficiencia de control identificada relacionada con la cuestión. i) Si la cuestión implicó varias consideraciones de au- ditoría distintas pero relacionadas entre ellas. Por ejemplo, los contratos a largo plazo pueden reque- rir atención significativa del auditor con respecto al reconocimiento de ingresos, litigios u otras con- tingencias y pueden afectar a otras estimaciones contables. En definitiva, el proceso para determinar las cuestio- nes claves (en adelante, CCA) es el resultado de aplicar el juicio del auditor para seleccionar, entre las cuestiones comunicadas a los responsables de la entidad, aquellas que han supuesto una atención significativa del auditor en el periodo actual. Según señala la Nota Explicativa de NIA-ES-SP 1701, pueden resultar CCA los siguientes aspectos que requieren de por sí una atención especial para el auditor: • Las áreas de mayor riesgo valorado de inco- rrección material y de fraude. • Riesgos significativos por operaciones inusua- les, con partes vinculadas o por cambios de regulación contable. • Partidas con estimaciones importantes con grado de incertidumbre. • Estimaciones que pueden variar en función de información adicional a lo largo de la audito- ría • Áreas cuyo enfoque debió cambiarse como consecuencia de modificaciones en el riesgo inicial. • Aquellas cuestiones en las que tiene dificulta- des para obtener evidencia. • Aquellos asuntos que requieren juicios de ex- pertos. • Aquellas áreas sobre las que se haya solicitado algún tipo de consulta por ser especialmente confusa o indeterminada la materia. Por otra parte, es importante destacar que una cues- tión que da lugar a una opinión modificada o a una in- certidumbre material relacionada con el principio de entidad en funcionamiento es, por su propia naturaleza, una cuestión clave de la auditoría. Conviene precisar que la comunicación de una CCA no debe proporcionar, por lo general, información in- édita acerca de la entidad, puesto que describe la cues- tión en el contexto de la auditoría.

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