Auditoría Pública nº 75. Revista de los órganos autonómicos de control externo
se procura que toda la misma se pueda utilizar por cualquier entidad de la provincia que la solicite independientemente de su tamaño, lo que representa una significativa economía de recursos, y permite el ejercicio del control in- terno de una manera homogénea dentro del marco normativo vigente. 2. Los servicios de asistencia incluidos en el Plan se prestan por un servicio dependiente de la Intervención General de la Diputación de Gi- rona. Esta es una de las características esen- ciales, ya que desde el primer día se tuvo claro que toda la metodología y documentación se elaboraba a partir de la experiencia y conoci- miento desarrollado en el ejercicio del control interno en la propia Intervención general y se ponía, con las adaptaciones necesarias, a dis- posición de las entidades locales adheridas al servicio. 3. Los servicios incluidos dentro de este Plan de servicios se financian con los recursos propios de la Diputación de Girona y por lo tanto son gratuitos para las entidades locales de la pro- vincia que se adhieran. 4. Finalmente, al ser un servicio dirigido a los ór- ganos de control interno, la responsabilidad de solicitar el servicio corresponde directamente los interventores o secretarios-interventores, a través del alcalde-presidente de la entidad lo- cal, mediante el modelo normalizado que está disponible en la página web del servicio. En función de su naturaleza podemos clasificar en tres grandes grupos los servicios incluidos: la asistencia en la implementación del modelo de control interno de la entidad local, la asistencia en el ejercicio del control interno y un último grupo de servicios relativos a la re- solución de consultas y formación. 2.1. La asistencia en la implementación del mo- delo de control interno de la entidad local El objeto de este servicio es el asesoramiento técnico en la definición e implantación del modelo de control interno de la entidad local, que incluye, entre otras pres- taciones, el diseño y actualización de los documentos necesarios para la aprobación y aplicación de este mo- delo de control interno. Hasta la fecha, los documentos facilitados a las entidades locales son los siguientes: En relación a la determinación del modelo de control interno: - El modelo de propuesta para la aprobación del modelo de control interno simplificado en ré- gimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos y del informe de in- tervención. - El modelo de propuesta para la aprobación del modelo de control interno ordinario en régimen de fiscalización limitada previa de requisitos bá- sicos y del informe de intervención. En relación al ejercicio de la función interventora: - El modelo de acuerdo de Pleno para la adopción de la fiscalización e intervención limitada previa en régimen de requisitos básicos y la sustitución de la fiscalización previa de derechos por su toma de razón contable. - El inventario de actuaciones sujetas a fiscaliza- ción e intervención limitada previa en régimen de requisitos básicos y las fichas de fiscalización e intervención limitada previa adaptadas a los extremos fijados en el Acuerdo del Consejo de Ministros en relación con el ejercicio de la fun- ción interventora en régimen de requisitos bá- sicos. - Los modelos de informes resultantes del ejercicio de la fiscalización e intervención limitada previa en régimen de requisitos básicos. - El modelo de circular informativa de la interven- ción dictando instrucciones relativas al desarro- llo de la función interventora en el ámbito de la comprobación material de la inversión. - Los modelos de acta de recepción de obras, ser- vicios y suministros con la inclusión del corres- pondiente apartado para anotar el resultado de la Intervención de la comprobación material de la inversión. - El modelo de circular informativa de la interven- ción dictando instrucciones sobre la omisión de la función interventora En relación al ejercicio del control financiero : - El inventario de actuaciones sometidas obligato- riamente a control permanente no planificable previstas en las normas presupuestarias y regu- ladoras de la gestión económica del sector pú- blico local atribuidas al órgano interventor. - Las fichas de las actuaciones de control perma- nente no planificable con la propuesta de extre- mos a revisar para cada una de ellas. - Los modelos de informes resultantes del ejercicio del control permanente no planificable. - El modelo de Plan anual de control financiero (PACF) ajustado al régimen general con entida- des dependientes y sin entidades dependientes y al régimen simplificado con entidades depen- dientes y sin entidades dependientes 92 Junio nº 75 - 2020 AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS
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