Auditoría Pública nº 76. Revista de los órganos autonómicos de control externo

El riesgo inherente en las estimaciones contables 105 Auditoría Pública nº 76 (2020), pp. 101 - 106 De acuerdo con la NIA 260R en su apartado 16 el auditor debe comunicar con los responsables de la en- tidad acerca de los puntos relevantes respecto a las esti- maciones contables y la correspondiente información a incluir en los estados financieros. Lógicamente, en la fis- calización pública se tendrá en cuenta, preferentemente, todo lo referente al secreto profesional y al trámite de las alegaciones incluidos en la normativa específica de cada organismo de control. DOCUMENTACIÓN Respecto a la documentación a elaborar por el ente fiscalizador se tendrá en cuenta lo establecido en las NIA 315R y 330 y especialmente el requerimiento a que el auditor deje reflejo en sus papeles de trabajo de los elementos clave del conocimiento de la entidad y su entorno en relación con las estimaciones contables. Así mismo la documentación deberá contener los posibles lugar a observaciones en el informe, precisamente por la diferente perspectiva temporal que tiene el auditor que no siempre se ha podido determinar en el momento de realización de los estados financieros por parte del ente fiscalizado. El apartado 32 de la NIA-ES 540R establece que: “El auditor evaluará si los juicios y las decisiones adoptados por la dirección al realizar las estimaciones contables in- cluidas en los estados financieros, incluso si son razona- bles de manera individual, son indicadores de la existen- cia de posible sesgo de la dirección. Cuando se identifican indicadores de la existencia de posible sesgo de la direc- ción, el auditor evaluará su implicación para la auditoría. Cuando existe intención de inducir a error, el sesgo de la dirección es de naturaleza fraudulenta”. Algunos ejemplos de posibles indicadores de sesgo de dirección pueden ser: 1. Cuando la dirección desarrolla un rango de importes para un supuesto de estimaciones contables y, en la mayoría de los casos aplica- dos por la empresa ha escogido la medición de la parte del rango más favorable a sus intereses (apartado A96 de la NIA-ES 540R). 2. Cuando se realizan cambios no suficiente- mente soportados respecto el método o el cambio de hipótesis en el cálculo de las es- timaciones. 3. Cuando se desarrollan hipótesis claramente favorables al ente fiscalizado. 4. Cuando hay heterogeneidad en la aplicación de estimaciones ante supuestos similares. ENFOQUES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE AUDI- TORÍA El objetivo de auditoría girará alrededor de la ob- tención de evidencia suficiente y adecuada de que las estimaciones contables y si su registro, en los estados fi- nancieros, está de acuerdo con el marco de información financiera aplicable. El auditor ha de escoger uno o diversos de los si- guientes enfoques cuando se trata de procedimientos posteriores de auditoría a aplicar 9 : 1. Obtención de evidencia de los hechos poste- riores ocurridos hasta la fecha del informe de auditoría. 2. Comprobación de lamanera en que la dirección calculó y contabilizó la estimación contable. 3. Desarrollo de una estimación puntual o un rango del auditor a fin de poder compararlo con la estimación realizada por la dirección. Ilustración 3. Enfoques de comprobación en las estimaciones contables Enfoques de comprobación Comprobación del modo que la dirección ha realiza- do la estimación Obtener evidencia de los hechos hasta informe Desarrollar una estimación puntual o un rango 9 Apartado 18 NIA-ES 540R.

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