Auditoría Pública nº 76. Revista de los órganos autonómicos de control externo
1. INTRODUCCIÓN La elaboración de las recomendaciones y su segui- miento son áreas con una repercusión creciente en el ámbito de la auditoría del sector público, sobre todo en entornos cada vez más regulados y sobre los que se apli- can procedimientos y herramientas de control interno que hacen que el fraude o error dispongan de un pro- tagonismo cada vez menor en los informes que realizan las Instituciones de Control Externo (ICEX). Las recomendaciones son el mejor instrumento del que disponen las ICEX para impulsar mejoras largamente relegadas en las administraciones públi- cas, y que permitirían la optimización de los recursos disponibles a través de actuaciones que persigan la eficacia, eficiencia y economía de los servicios pres- tados, en una realidad cada vez más exigente con el buen gobierno y la transparencia de los gestores y en- tidades públicas. No obstante, un aspecto tan esencial como este dentro de la labor de las ICEX, no ha recibido hasta tiempos recientes una atención acorde a su importan- cia. Así, con el fin de realizar una modesta aportación a esta área, se presenta un breve análisis práctico so- bre los principios y procedimientos que algunos or- ganismos de control nacionales y extranjeros aplican para la elaboración y seguimiento de sus recomenda- ciones. Con el objetivo de ofrecer una visión amplia y en- riquecedora sobre esta cuestión, en primer lugar se recogerán algunas observaciones acerca del enfoque y procedimiento que aplican cuatro de los principales organismos de supervisión pública a nivel internacio- nal, a saber: 1) Tribunal de Cuentas Europeo (TCE); 2) U.S. Government Accountability Office (GAO); 3) Cour des Comptes; 4) Australian National Audit Office (ANAO). A continuación, se indicarán los requisitos necesa- rios que deberían de tenerse en cuenta para la elabora- ción de recomendaciones, acompañándose de diversos ejemplos prácticos que facilitarán su exposición. Por último, se ofrecerán algunas conclusiones orientadas a establecer las bases de la elaboración de recomendaciones rigurosas y útiles, que permitan a su vez la realización de un seguimiento objetivo y eficaz. 2. LAS RECOMENDACIONES EN LAS INSTITUCIO- NES DE CONTROL EXTERNO. UNA PERSPECTIVA INTERNACIONAL Con el fin de ilustrar la técnica general que utilizan cuatro de los principales organismos de supervisión pú- blica a nivel internacional, en este apartado se recogen algunos ejemplos de recomendaciones consideradas como relevantes o prioritarias en los informes emitidos o en el marco de los trabajos de seguimiento realizados a determinadas entidades fiscalizadas en ejercicios pre- cedentes. TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO (TCE) En su calidad de auditor externo independiente de la UE, el TCE vela por los intereses de los contribuyentes europeos. Aunque no tiene capacidad jurídica, contri- buye a mejorar la gestión del presupuesto de la UE por parte de la Comisión Europea e informa sobre las finan- zas de la Unión. Una de sus funciones principales es elaborar con- clusiones y recomendaciones dirigidas a la Comisión Europea y Gobiernos nacionales en sus informes de au- ditoría. Las recomendaciones del TCE utilizan una redacción precisa y comprensible en sus propuestas para mejorar la gestión de los organismos auditados, enfocándose a menudo en tres de las principales áreas de acción co- munitaria: • Las transferencias y ayudas europeas gestiona- das por los países miembros. • Los límites de gasto y reglas fiscales para los estados miembros. • La coordinación en la acción de las diferentes instituciones de la UE y sus países miembros, especialmente en aras de fortalecer el mercado único. A continuación, se recoge una recomendación al res- pecto: Las instituciones de la UE deberían crear una ventani- lla única común electrónica para sus actividades de con- tratación que permita a los operadores económicos encon- trar toda la información pertinente en un único lugar en línea e interactuar con las instituciones de la UE a través de esta página web. Los procedimientos de contratación que incluyen comunicación sobre las normas aplicables, las oportunidades comerciales, el pliego de condiciones pertinente, la presentación de ofertas y toda la demás co- municación entre las instituciones y los operadores eco- nómicos deberían gestionarse a través de dicha ventanilla única 1 . Fecha prevista de aplicación: 2018. Esta recomendación ilustra el esfuerzo que realiza el TCE en proponer mejoras de actuación claras y concre- tas, definiendo de forma inequívoca el qué (información e interacción de la UE con los operadores económicos), 32 Noviembre nº 76 - 2020 AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS 1 Informe especial: Las instituciones de la UE pueden hacer más para facilitar el acceso a su contratación pública. https://www.eca.europa.eu/Lists/ECADocuments/ SR16_17/SR_PROCUREMENT_ES.pdf
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