Auditoría Pública nº 78. Revista de los órganos autonómicos de control externo
125 La participación ciudadana en las actividades de fiscalización. Visión comparada y posibilidades en el modelo español pudiendo y debiendo ser susceptibles de acceso por parte de todos los ciudadanos, con las excepciones legalmente previstas. En los últimos años, las exigencias impuestas por las distintas legislaciones en cuanto a las obligaciones de transparencia y rendición de cuentas han aumentado considerablemente. Los ciudadanos son cada vez más conocedores de lo que pasa en la vida pública, en esto ayuda considerablemente la fuerza divulgativa que ostentan los medios de comunicación. El legislador es conocedor de estas necesidades, por ello se han ido dando pasos en la mejora del proceso de rendición de cuentas y de transparencia de la gestión realizada, especialmente en lo que atañe a la materia económico- financiera. En este ámbito es destacable que este derecho a saber de la ciudadanía debe abarcar el conjunto de actuaciones llevadas a cabo por aquellos que tenemos encomendada la loable función de controlar que los recursos públicos se emplean de una forma adecuada, esto es, de acuerdo con la legislación aplicable y con los principios de buena gestión financiera. 2. Prácticas de participación ciudadana en los órganos de control/ fiscalización La participación ciudadana en los órganos fiscalizadores puede ser entendida como el proceso mediante el cual las preocupaciones, necesidades y valores de la ciudadanía se incorporan a la actividad de control o al propio proceso de toma de decisiones de los citados órganos. Esta relación debe basarse, en la medida de lo posible, en una comunicación e interacción bidireccional, con el objetivo general de tomar mejores decisiones que cuentan con el apoyo público y, por tanto, legitiman en mayor medida los resultados que estos entes pueden alcanzar. Pero no debemos olvidar que para que podamos ser capaces de hacer a los ciudadanos coparticipes en las actividades de fiscalización debemos ser conscientes de la necesidad de dar a conocer primero a estas entidades, explicar cuáles son sus cometidos, su finalidad etc. Lo cierto es que la percepción general existente en el contexto internacional (por tanto, también en el caso español) es que las entidades fiscalizadoras son unas grandes desconocidas, al menos, en algunos de sus cometidos. Si somos capaces de trasmitir esto primero, estaremos en condiciones de difundir la relevancia que tiene la labor desempeñada por estos entes encargados de llevar a cabo el control de la gestión pública en el ámbito económico-financiero. La información que se exporta al exterior, en nuestro caso al ciudadano, suele ser eminentemente técnica y, en ocasiones, referida a ejercicios pasados que no permiten a algunos destinatarios encontrar atractiva la información rendida bajo esos informes. Y es que no solo debemos hablar de veracidad, de suministro de información en tiempo y forma, sino que debemos entender que un ciudadano medio nunca se va a sentir atraído si no se consigue hablar empleando en un lenguaje claro, sencillo, comunicativo y atractivo; pensemos en la presencia de imágenes, gráficos, colores que atraigan su atención y faciliten su lectura y comprensión. Sobre estos aspectos también es importante la labor de difusión y de comunicación de los entes fiscalizadores. La presencia en las redes sociales, en la prensa común etc. deben servir como potenciales canales de intercambio de información, así como para ser empleados como vías para permitir y canalizar la participación de los ciudadanos en la actividad presente y futura de estos órganos. La realidad es que, por lo general, sobre estos aspectos comunicativos no son constatables grandes avances, lejos de la mera publicación de los informes de fiscalización (sin filtros, sin tratamiento y simplificación para mejorar la comunicación y entendimiento general). Un claro ejemplo de avance parcial en esta materia, con los matices que señalaremos más adelante, de cómo se deben o pueden hacer las cosas lo tenemos en el TCu 2 europeo. En los últimos años ha evolucionado de forma considerable en lo que se refiere a la forma en la que se presentan y rinden los informes derivados de su actividad fiscalizadora: lenguaje sencillo, extensiones (contenido) abarcables y destacable en cuanto a la riqueza grafica de sus informes. Otro aspecto digno de ser resaltado es su capacidad para distinguir el público al que se dirige, la divulgación de notas de presa, avances de trabajos en ejecución etc. son algunos de las características que debemos importar a nuestros entes de control. 2. Tribunal de Cuentas Europeo.
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