Auditoría Pública nº 78. Revista de los órganos autonómicos de control externo
133 La participación ciudadana en las actividades de fiscalización. Visión comparada y posibilidades en el modelo español OCEX Al igual que para lo ya expuesto para el TCu España, para los OCEX podemos también señalar que la iniciativa fiscalizadora corresponde a ellos mismos y al Parlamento regional exclu- sivamente, y también dependiendo de quién aprueba el Plan de fiscalización de cada Órgano, estando también legitimadas las Comisiones de investigación, las Entidades Locales y los órganos de Gobierno Autonómicos. Sin embargo, podemos destacar algunos avances en esta línea como, por ejemplo, en el caso de la Sindicatura de Comptes de Catalunya al reconocer en el art. 35 de la Ley 18/2010, de 7 de junio, de la Sindicatura de Cuentas: “La Sindicatura de Cuentas, en el ejercicio de la función fiscalizadora que tiene asignada, actúa por mandato legal, a instancia del Parlamento o de oficio, ya sea por iniciativa del órgano competente o por escrito presentado por una persona física o jurídica”. Se observa, por tanto, que en las distintas Comunidades Autónomas la iniciativa fiscalizadora está perfectamente delimitada y, por lo general, impide la iniciativa ciudadana como punto de partida de propuestas de nuevas actividades fiscalizadoras. Por tanto, cualquier información o hecho puesto en conocimiento por la ciudadanía el OCEX puede decidir incorporar a su Programa o Plan anual dicha petición de fiscalización, pero con un carácter totalmente discrecional, ya que si se inicia 12 el procedimiento fiscalizador será de oficio y no por la estimación de una pretensión. Algunas instituciones públicas españolas son ejemplos de buenas prácticas en materia de colaboración ciudadana. Podemos destacar el caso de sobre cómo se puede llevar a cabo y materializar una autentica participación ciudadana en la vida de una institución de control, esta vez, dedicada a la detección del fraude y de la corrupción, así como impulsar la ética pública: la Agencia Antifraude de Valencia y Cataluña o la Oficina de prevención y lucha contra la corrupción de Baleares: ¡ Canal de denuncias y buzón de cuestiones generales. ¡ Cursos de formación, jornadas, conferencias etc. 12. Los órganos de control externo en España y el derecho de petición. Virtudes de la Prieta Miralles. Revista de Auditoría Pública nº 37 (2005), p.p. 75-84.
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