Auditoría Pública nº 78. Revista de los órganos autonómicos de control externo

REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 78 96 1. Introducción Como señala Puig Ventosa (2018), la emisión de gases a la atmósfera tiene una fuerte incidencia tanto en el medio ambiente, provocando su acidificación, causando daños en la vegetación y en los ecosistemas, o agravando el efecto invernadero, como en la salud humana, afectando a sistemas vitales como el inmunológico, el pulmonar y el cardiovascular. Consciente de dicha situación, en la reciente reunión de 11 de diciembre de 2020 1 , los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea acordaron elevar el objetivo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en 2030 respecto a las existentes en 1990 del 40% al 55%, y en septiembre de 2021, la Organización Mundial de la Salud, ha actualizado y en gran medida rebajado, los límites de exposición segura para las personas de varios contaminantes, lo que podría implicar la necesidad de adecuar las directivas comunitarias a los nuevos límites 2 . Los impuestos sobre la emisión de gases a la atmósfera tienen, más allá de una finalidad simplemente recaudatoria, el objetivo principal de penalizar económicamente o disuadir determinados comportamientos, actividades o acciones que van en contra del medio natural y la sociedad, como modo de desmotivar a los operadores económicos o incentivar actitudes o conductas positivas tendentes a la conservación del medio ambiente. Algunos autores, como Muñoz Villarreal (2014), consideran que en su establecimiento se debe efectuar un análisis de proporcionalidad entre los beneficios obtenidos en términos de protección del medio ambiente y la lesión producida en la capacidad económica. La Comisión Europea (2019) afirma que la fiscalidad ecológica a través de los impuestos es una herramienta eficaz para cumplir con los objetivos del medio ambiente, por lo que España tiene a su alcance la posibilidad de aumentar el grado de aplicación de los impuestos medioambientales de forma que se garantice un desarrollo económico sostenible, a la par que se instrumente como una vía para obtener ingresos adicionales con los que afrontar los costes derivados de la contaminación. Hasta la fecha tan sólo han creado impuestos sobre la emisión de gases contaminantes a la atmósfera siete Comunidades Autónomas: Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana y Región de Murcia. En primer lugar, fue Galicia (1995), posteriormente Andalucía (2003), Aragón, Castilla-La Mancha y Murcia (2005), y tras un lapso de tiempo, la Comunidad Valenciana (2012) y finalmente, la más reciente, Cataluña (2014). En el siguiente cuadro se muestra la normativa reguladora de cada Comunidad Autónoma (MINHAC; 2020): 1. https://www.elconfidencial.com/mundo/europa/2020-12-11/la-ue-alcanza-un-acuerdo-para-reducir-las-emisiones-un-55-en-2030_2867815/. 2. https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/345329/9789240034228-eng.pdf.

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