Auditoría Pública nº 79. Revista de los órganos autonómicos de control externo
8 REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 79 ¡ No hace mucho resultó reelegido presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local. El Consejo General representa a 49 Colegios Territoriales y 5 Consejos Autonómicos. ¿Cuáles son los principales retos que está afrontando el Consejo en este nuevo mandato? Las principales preocupaciones del Consejo General se centran en la mejora permanente de las condiciones del ejercicio de las funciones que tienen reservadas los se- cretarios, interventores y tesoreros de Administración Local. En ese sentido es una preocupación permanen- te del Consejo el fortalecimiento de las garantías para su ejercicio en condiciones de calidad en todo el terri- torio nacional, lo que implica un régimen jurídico único y adecuado y una formación permanente. Al logro de ambos objetivos dedicamos nuestros esfuerzos, tanto con el establecimiento de relaciones permanentes con las autoridades competentes y con las instituciones que tienen responsabilidades o intereses relacionadas con el ejercicio de las funciones reservadas a los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacio- nal, como con la mejora del funcionamiento interno de la organización. En todo caso, hay dos cuestiones que nos preocupan de forma especial: la ruptura de la unidad en el ejercicio de las atribuciones que el artículo 92bis de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local atribuye al Estado, con la atribución de las mismas al País Vasco respecto de su territorio y que también solicita Catalu- ña, y la pérdida de un gran número de integrantes de la escala que impiden atender las funciones reservadas por funcionarios de carrera en todas las entidades locales españolas. ¡ El Reglamento de Control Interno de las Entidades Locales introdujo importantes novedades, potenció la figura del interventor local y, entre otras cosas, exige al interventor realizar anualmente la auditoría de las cuentas anuales de organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales, etc. ¿Cómo se están adaptando los interventores locales a los cambios normativos sobre control interno? En concreto, ¿encuentran dificultades a la hora de realizar los controles financieros y las auditorías? Después de más de tres años de vigencia del Real Decreto 424/2017, que regula la nueva forma de realizar el control en las entidades locales, e introduce, entre otras previsiones, la obligación de realizar auditorías u otro tipo de controles financieros, podemos afirmar que la adaptación ha sido satisfactoria, por varios motivos: porque el Reglamento de Control Interno ha ayudado a clarificar las funciones de control y el modo de realizarlas; por el esfuerzo que los Interventores han realizado en sus organizaciones para su correcta aplicación, no sólo en lo que se refiere a su actuación directa, sino también en cuanto promotores de un cambio en la cultura del control; y por último, por el esfuerzo realizado en la formación de los Interventores y Secretarios-Interventores ‒ también en la del resto de habilitados ‒ , destacando el realizado por el Consejo General, los Consejos Autonómicos y los Colegios Territoriales de COSITAL, mediante acciones formativas descentralizadas y a través de su plataforma de formación (COSITAL NETWORK); acciones en las que ha jugado un importantísimo papel la colaboración de la Intervención General de la Administración del Estado. Para nuestro colectivo, disponer de una herramienta de formación y colaborativa es un activo esencial, que nos permite compartir experiencias en el ejercicio de nuestras funciones, y dar una respuesta más coordinada y homogénea a los retos que la aplicación del nuevo modelo de control nos exige. Hemos de reconocer que la experiencia del control interno local era más amplia en el ejercicio de la función interventora que en la del control financiero y la ejecución de auditorías, y que ha sido necesario cubrir esa carencia con un amplio programa formativo que sigue desarrollándose. No obstante, este proceso no ha estado, ni está, exento de dificultades, entre las que podemos enumerar las siguientes: En primer lugar, la infradotación de las plantillas en los entes locales de menos de 20.000 habitantes, que es mucho más acusada aún en los de menos de 5.000, y que es necesario corregir. El propio Reglamento de Control contempla la necesidad de que el órgano de control interno esté dotado con los medios suficientes, pero esta previsión difícilmente se cumple, ni respecto de los medios personales ni en relación con la disposición de herramientas informáticas o otros recursos, lo que merma la capacidad para implantar las obligaciones derivadas del Real Decreto. En segundo lugar, muchas de aquellas entidades han creado entidades instrumentales y, si son de tamaño mediano, incluso algunas de mayor población, no suelen contar con órganos de colaboración al órgano de control, por lo que la contabilidad de los
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