Auditoría Pública nº 79. Revista de los órganos autonómicos de control externo
Auditor operativo vs Evaluador de políticas públicas 111 de gastos, impulsará y coordinará la evaluación continuada de las políticas de gasto con la finalidad de asegurar que las mismas alcancen sus objetivos estratégicos y el impacto socioeconómico que pretenden”. En el terreno de la evaluación de la eficacia pero no tanto de la evaluación de los políticas públicas juegan también un papel destacado las inspecciones generales de los servicios de los distintos departamentos ministeriales, reguladas en el Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, que en su artículo 1 dispone: “Las inspecciones generales de servicios son los órganos de la Administración General del Estado que, bajo la superior dirección del ministro correspondiente y la coordinación y dependencia directa del subsecretario, efectúan la tarea permanente de inspección de los servicios, el seguimiento de objetivos y el análisis de riesgos y debilidades de todas las unidades, órganos y organismos vinculados odependientes de los departamentos ministeriales, atendiendo a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia y calidad”. Asimismo, el control de eficacia de las inspecciones de servicios queda recogido en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), de 1 de octubre. Junto al marco de la LGP se encuentra el de la Ley 38/2003 General de Subvenciones (LGS), de 17 de noviembre 6 . Esto es, el ejercicio del control financiero de la IGAE se extiende a las ayudas y subvenciones financiadas total o parcialmente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado o a los fondos de la Unión Europea, control que viene regulado en los artículos 44 a 51 de la LGS. El control de los fondos europeos comprende las actuaciones de control sobre operaciones de control en todo o en parte con cargo a los Fondos Estructurales y de Inversión Europea (FEDER, FSE, Fondo de Cohesión, FEMP y FEADER), el FEAGA, el FEAD y el resto de fondos europeos, así como la coordinación de los controles asignados a otras unidades dependientes de la IGAE y del Sistema Nacional de Control de Fondos Comunitarios, ejerciendo para ello las funciones asumidas por aquélla como Autoridad de Auditoría en esta materia y en particular con las instituciones Comunitarias y Nacionales 7 . Entre el resto de fondos europeos, cabe destacar los regula- dos por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en cuyo artículo 21 sobre Autoridad de control del Mecanismo para la Recu- peración y Resiliencia, dispone lo siguiente: 6. Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre. Accesible en: https://boe.es/buscar/pdf/2003/BOE-A-2003-20977-consolidado.pdf . 7. IGAE.-Intervención General de la Administración del Estado. Control de Fondos Europeos. Accesible en: https://igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Control/ Paginas/cfe.aspx. (Consultado el 25 de noviembre de 2021).
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