Auditoría Pública nº 79. Revista de los órganos autonómicos de control externo
148 REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 79 De lo expuesto, parece claro el cambio de enfoque en el control interno de los fondos del PRTR, en el que será importante una base adecuada de inicio que permita identificar riesgos y valorar, el fraude y el tipo de incumplimientos de la normativa 26 . Una vez identificados los riesgos, se valorará su impacto, qué tipo de control se puede ejercer sobre ellos y qué medidas resultarían necesarias para contrarrestarlos, y de forma particular, para prevenir, detectar y corregir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, y a la doble financiación de proyectos y vinculación del gasto al MRR. En definitiva, un análisis ya centrado en la eficacia y la eficiencia de las actuaciones realizadas y sobre todo en la medición del impacto de resultados, esto es, de hitos y objetivos conseguidos 27 . III ¿Deben las instituciones de control externo adoptar un “Nuevo rol” en el control de los fondos NGUE? Como asevera el profesor GIMENO FELIU 28 , “el principal reto de los FNGUE consiste, en primer lugar, en seleccionar proyectos ‘elegibles’ para obtener la financiación europea, que tengan por finalidad movilizar inversiones alineadas con los objetivos que las Instituciones europeas han establecido al efecto y que deben tener un carácter trans- formador. Los nuevos fondos europeos son la gran opor- tunidad para hacer país e impulsar la necesaria transfor- mación hacia una sociedad comprometida con la sos- tenibilidad social y ambiental y la justicia social, que aprovecha la digitalización para modernizar la organización y nuestro modelo público”. La rapidez en su implementación es importante, pero lo principal es obtener la mayor rentabilidad de estos fondos como inversión para transformar el modelo económico y social, lo que obliga a prestar una especial atención a la fase de ejecución (y control) de los proyectos derivados o vinculados a estos fondos europeos. Para ello sostiene el profesor GIMENO FELIU 29 que puede convenir la intervención 26. REGO VILAR S. G1S2 “Los órganos de control externo y la auditoría de los fondos NGEU: ¿Nuevo modelo de control?; XIV Encuentros Técnicos de OCEX celebrados en Santiago de Compostela el 2 y 3 de diciembre de 2021. https://encuentros2021.ccontasgalicia.es/conclusiones/. Último acceso 30/01/22. 27. Especial referencia en la materia la previsión contenida en el Considerando 62 Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes «Para garantizar un equilibrio adecuado entre la ejecución eficaz y eficiente de los Fondos y los costes y las cargas administrativos conexos, la frecuencia, el alcance y la cobertura de las verificaciones de gestión deben basarse en una evaluación de riesgos que tenga en cuenta factores como el número, el tipo, el tamaño y el contenido de las operaciones ejecutadas, los beneficiarios y el nivel de riesgo identificado en anteriores verificaciones de gestión y auditorías. Las verificaciones de gestión deben ser proporcionadas a los riesgos determinados en la evaluación de riesgos y las auditorías deben ser proporcionadas en relación con el nivel del riesgo para el presupuesto de la Unión». 28. GIMENO FELIU JM. El desafío de fondos next generation como elemento de transformación de la gestión pública. Monografías de la Revista Aragonesa de Administración Pública 22 ISSN 1133-4797, XX, Zaragoza, 2021, pp. 21-41. 29. Cuyas conclusiones y videos se pueden consultar en la web de los Encuentros https://encuentros2021.ccontasgalicia.es/conclusiones/ . Último acceso 30/01/22.
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