Auditoría Pública nº 79. Revista de los órganos autonómicos de control externo
175 La necesaria, inaplazable e irrenunciable jurisdicción contable. "Una piedra en el camino" correspondientes a los ejercicios 2011-2017 (conocido como el Informe de fiscalización de DIPLOCAT ) 6 — bien entendido que tales actuaciones previas se encaminan a la determinación provisional del alcance y aseguramiento en fase administrativa —que no jurisdiccional— a modo de actividades de instrucción ordenadas a preparar la actividad de enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas como presupuesto ineludible del ulterior enjuiciamiento contable de conformidad con el artículo 47.1 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas. 3. Los «atajos» políticos para tratar de eludir la responsabilidad contable: del indulto a la amnistía «singular» La amnistía suele definirse como una derogación retroactiva que puede afectar, bien a la norma que califica a un acto como ilícito, bien a la que dispone —como consecuencia de la verificación de un acto así calificado— la imposición de una sanción, aunque, en propiedad, la amnistía no sólo exculpa, sino que, más aún, puede eliminar de raíz el acto sobre el que se proyecta la inculpación o la norma de la que la inculpación resulta 7 . El indulto, por su parte, no actuaría sobre la realidad jurídica de un acto calificado como ilícito, sino que operaría sobre su sanción, sea para excluirla sea para mitigarla, pues con el indulto no se censura la norma calificadora de un acto como ilícito (en este caso, el delito de sedición), sino que tan solo exceptúa su aplicación, de modo que así como la amnistía supone el olvido de la comisión de un ilícito, el indulto garantiza su recuerdo y sólo se traduce en la excusa de la penitencia, que de este modo resulta ser merecida pero perdonada 8 . De este modo, la amnistía se concibe, como una técnica especial y transitoria de derogación, en tanto que el indulto se concibe como una suerte de revisión de la cosa juzgada verificada por medio de una «especie de instancia extraordinaria» 9 . 6. https://www.tcu.es/repositorio/7b967dfb-a08f-493e-a159-7cb7d1c4071/I1319.pdf. 7. REQUEJO PAGÉS (2001: 82 y 83). 8. REQUEJO PAGÉS (2001: 83). 9. REQUEJO PAGÉS (2001: 92); FLIQUETE LLISO (2017: 248).
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