Auditoría Pública nº 79. Revista de los órganos autonómicos de control externo

90 REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 79 1. Introducción En un foro especializado como éste no es necesario comenzar resaltando la importancia de la contratación pública mencionando el porcentaje del gasto que genera sobre el PIB, en torno al 16% en la UE ( Public Procurement Contracts, 2021 ). Sin embargo, no se suele recalcar la importancia que tienen los datos asociados a la contratación, es decir, la información de contratos públicos disponible para su explotación masiva mediante técnicas informáticas. Analizar estos datos con tecnologías software innovadoras permite crear herramientas que ayuden a los Órganos de Control Externo (OCEX), entre otros organismos. Cada vez se dan más pasos en ese sentido, algunos pequeños aunque imprescindibles. Por ejemplo, se ha integrado recientemente la Plataforma de Rendición de Cuentas con la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACE) para facilitar la remisión de información por parte de las entidades locales y evitar discrepancias. Actualmente la contratación pública en España es un área mucho más cuantitativa que hace años. Es decir, los contratos tienen su información más relevante accesible para su descarga masiva, de manera estructurada, pudiendo ser analizados dichos datos con herramientas propias de las disciplinas cuantitativas o científicas. Esta cuantización es debida a varios factores de origen legal: ¡ El primer paso básico es la digitalización de las Adminis- traciones Públicas (AA.PP. ). La Ley 39/2015 del Procedi- miento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público vienen a configurar un escenario en el que la tra- mitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las AA.PP .. ¡ La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) unifica la publicidad y transparencia de los contratos públicos. También alude a que la publicación ha de realizarse en formatos abiertos y reutilizables, para que el ingente volumen de información pueda ser manejada por terceros. ¡ Transparencia y acceso a datos públicos por parte de los ciudadanos. La Ley 19/2013 deTransparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno amplía y refuerza la transparencia de las AA.PP. , regula y garantiza el derecho de acceso a la información relativa a sus actividades y establece las obligaciones de buen gobierno. ¡ La disposición de datos públicos crea un mercado que incentiva a empresas y personas a crear herramientas reutilizando dichos datos, obteniendo un beneficio económico por ello. Esto lo articula la Ley 18/2015 sobre la reutilización de la información del sector público. Por tanto, estos cuatro factores posibilitan unas AA.PP . digitalizadas, publicidad y transparencia en la contratación, libre acceso a los datos de contratación y la posibilidad de reutilización de dichos datos con fines comerciales 1 . La naturaleza descentralizada de la contratación en España, su gran dispersión y todavía el uso del papel en sus procesos no facilita el análisis digital y masivo de los datos. Sin embargo, si se echa la vista atrás en el tiempo el avance ha sido espectacular. Por ejemplo, en el año 2000 la manera de consultar las licitaciones era leyendo los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas (CC.AA. ) y del Estado. Hoy 1. Este artículo no tiene como objetivo hacer una recopilación exhaustiva de todas las leyes asociadas a los datos de la Contratación Pública.

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