Auditoría Pública nº 80. Revista de los órganos autonómicos de control extreno
La incorporación de la igualdad de género a la contratación pública y la perspectiva de los órganos de control externo 171 En España, el legislador de 2015 4 incorpora la igualdad de género, al listado de principios (junto a la transparencia, la sostenibilidad ambiental, legalidad, eficiencia y economía) a los que se referirá la función fiscalizadora de la actividad económico-financiera del sector público. El 5 de marzo de 2020 la Unión Europea aprobaba la Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025 5 , reconociendo que ningún Estado miembro ha alcanzado aún la plena igualdad de género y en la que se insta a reforzar la integración de la perspectiva de género en todos los ámbitos de actuación. La Estrategia además, considera que la igualdaddegéneropropicia la creación de puestos de trabajo y una mayor productividad, un potencial que se debe materializar al iniciar las transiciones verde y digital y hacer frente a los retos demográficos. Actualmente la igualdad de mujeres y hombres en la vida cotidiana todavía no es una realidad; en la práctica, mujeres y hombres siguen sin disfrutar de los mismos derechos, ya que persisten desigualdades políticas, económicas y culturales. Por otro lado, la incorporación de la perspectiva de género no sólo se realiza de forma transversal en toda la acción política, sino que se aplica utilizando la interseccionalidad 6 , teniendo en cuenta la combinación del género con otras identidades o características personales (raza, discapacidad, etc.).Y la forma en que estas intersecciones originan situaciones de discriminación singulares. Por apoyarnos en la fuerza de los datos, aunque la brecha entre hombres y mujeres existe en todos los sectores, en la economía es especialmente relevante, ya que se aprecia una escasa presencia de mujeres en el mundo empresarial, y en las principales instituciones y órganos decisorios de política eco- nómica. Recordar que en España, solo tres de cada 10 empresas son propiedad de mujeres, la tasa de emprendimiento femenino (4,8%) es inferior a la de los hombres (5,6%) y la brecha de género es especialmente evidente al hablar de liderazgo pues solo el 33% de las empresas están dirigidas por mujeres 7 . Y si hablamos de contratos públicos, aunque existe mucho margen de mejora en cuanto a la calidad de los datos en este ámbito, un estudio reciente de la contratación pública en la Unión Europea constató que el 26% de los gerentes de los proveedores son mujeres y solo el 16,5% de los proveedores de contratos de gran valor tienen en sus equipos mayoría de mujeres 8 . 4. El artículo 3 de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, modifica el apartado 1º del artículo 9 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas. 5. https://ec.europa.eu/info/policies/justice-and-fundamental-rights/gender-equality/gender-equality-strategy_es, última consulta el 21 de octubre de 2022. 6. La interseccionalidad es un enfoque que subraya que el sexo, el género, la etnia, la clase o la orientación sexual, como otras categorías, están interrelacionadas. La categoría interseccionalidad explica, por ejemplo, cómo el racismo y el sexismo interactúan creando múltiples niveles de injusticia social, es decir, una doble discriminación. 7. Índice de Mujeres Emprendedoras de Mastercard 2021 (MIWE2021). Disponible en https://www.mastercard.com/news/MIWE. 8. Towards Gender Balance in Public Procurement. Disponible en www.open-contracting.org.
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