Auditoría Pública nº 80. Revista de los órganos autonómicos de control extreno
52 REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 80 1. Lo urgente no deja tiempo para lo necesario. ¿Somos los OCEX adaptativos a nuestro entorno? La transformación digital de las administraciones públicas es una realidad, asimétrica y heterogénea, lo que comporta no pocas dificultades añadidas de orden práctico. Si se quiere disponer de un control externo acorde al ritmo de los constantes cambios que se operan en el ámbito de gestión de los entes fiscalizados, los OCEX no pueden permanecer ajenos a este fenómeno. Y para ello deben adaptar su estructura, organización y medios. En ese sentido, ¿son conscientes nuestras organizaciones de los cambios necesarios en nuestro modelo de fiscalización, no solo en cuanto a su objeto sino en la forma de hacerlo? Se impone al respecto una reflexión abierta, crítica y colaborativa en el microcosmos de la auditoría pública, en un triple ámbito: a) El estratégico de los órganos de gobierno de cada OCEX: para orientar los recursos de fiscalización disponibles a áreas, sectores y actividades prioritarias, a partir de un análisis de riesgos realmente basado en datos contrastados, liderando los cambios que resulten necesarios para el cambio de cultura organizacional y la implementación de los medios necesarios. b) El de los servicios transversales -secretarías gene- rales y órganos o unidades similares-, para facilitar los medios necesarios, planificando y ejecutando acciones precisas para adaptar el modelo organizativo a las nuevas exigencias, conocimientos y medios, al servicio común de los nuevos estándares de auditoría. c) El técnico y operativo de los equipos de auditoría, en torno a las nuevas destrezas, capacidades y cono- cimientos que requiere un ecosistema de control alineado con los cambios que se operan en el sector público al que audita. Es innegable que, si un ente fiscalizado está obligado a actuar según un marco jurídico que impone el uso de la administración electrónica, los OCEX, de una u otra forma estamos obligados a usar ese lenguaje de relación entre entes públicos. Como también lo deben estar todas las administraciones, agencias, entes y resto de organizaciones públicas, para facilitar el intercambio de información (acceso al dato: único, verídico, confiable y reutilizable) de la que cada uno es responsable de acuerdo con las específicas competencias que las respectivas normativas propias les atribuye.
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