Auditoría Pública nº 81. Revista de los órganos autonómicos de control externo

66 REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 81 en ayuntamientos, intervención general de la Comunidad Autónoma o del Estado...), en algunos casos se incluyen además auditorías realizadas por consultoras independientes. La consolidación de la democracia en España, la aparición de irregularidades en la administración pública y en particular la necesidad de armonizar la normativa estatal con la europea hacen que a finales del siglo XXI el nivel de exigencia de los OCEx avanza más allá del rendimiento de las cuentas y del cumplimiento de la ley. Así el artículo de María Teresa Ruíz Fonticiella (2005) La auditoría operativa de gestión pública y los organismos externos (OCEx). El caso Español identifica tres tipos de auditoría de la que los OCEx realizan el control externo, que serían: i) Auditoría de los estados financieros. ii) Auditoría de cumplimiento. iii) Auditoría operacional, operativa o de gestión. De forma general las dos primeras se corresponderían al cumplimiento de la normativa contable y de contratos respectivamente mientras que para definir a la auditoría operativa en el ámbito de las entidades, tanto públicas como privadas, la autora recurre aWhittington y Pany (2000), con el siguiente párrafo: El estudio de una unidad específica, área o programa de una organización con el fin de medir su desempeño. El desempeño también se juzga en eficiencia, es decir, el éxito en utilizar de la mejor manera los recursos disponibles. Debido a que los criterios de efectividad y eficiencia no están tan claramente establecidos como los Principios de Contabilidad generalmente aceptados y muchas leyes y regulaciones, una auditoría operativa tiende a exigir un juicio mucho más subjetivo que el de las auditorías de los estados financieros o las auditorías de cumplimiento (Whittingtong y Pany, 2000, p.9). Además de la auditoría operativa, de forma progresiva y natural se van incorporando exigencias adicionales al concepto de fiscalización pública, a medida que también se incorporan en la sociedad, como son la lucha contra la corrupción, la necesidad de la transparencia o la colaboración entre administraciones públicas. En esta misma línea se expresa Eduardo Ruíz García, haciendo referencia al Libro Blanco de la Comisión europea, que destaca entre los principios claves de la modernización de la Administración europea la responsabilidad, la obligación de rendir cuentas y la transparencia (Ruíz García, 2004). Sería imposible enumerar de forma exhaustiva todos los aspectos que se han ido incorporando a la fiscalización externa, aunque como resumen podemos utilizar el siguiente gráfico de Daniel Núñez Barrios en el que propone la existencia de 10 funciones en los OCEx autonómicos en 2013: Figura 1. Tendencias y retos de la fiscalización autonómica Fuente: Núñez Barrios (2013). Procesos de desarrollo de la fiscalización 1. Control financiero OCEx Autonómicos 2. Cumplimiento de la legalidad 3. Auditoría Operativas: Economía, Eficacia y Eficiencia 4. Auditorías Horizontales 5. Detención de la corrupción 6. Aplicación de Auditorías Integrales 7. Asesorías Institucionales 8. Benchmarking y Modelos de Auditoría Única 9. Seguimiento de Conclusiones y Recomendaciones 10. Coordinación de Informes

RkJQdWJsaXNoZXIy MTEw