Auditoría Pública nº 81. Revista de los órganos autonómicos de control externo

84 REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 81 Por lo tanto, en el control de estos fondos se subraya la necesidad de que su utilización se ajuste, en especial, a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y el conflicto de intereses. Junto a estos tipos de control, quizá hubiera sido conveniente añadir el de auditar y evaluar que se alcanza la resiliencia económica y social; lo que, además, el MRR considera que es uno de sus objetivos. Por otro lado, este término de resiliencia es el que precisamente figura en la denominación del Mecanismo. En consecuencia, el concepto de resiliencia parece que reclama cada vez más su lugar no solo en el ámbito de la economía de un país y en el de las empresas que actúan en ellos, sino también en el de la gestión y control del gasto público. En este último caso, las auditorías operativas y la evaluación de políticas públicas juegan un papel especial. A este respecto, mencionemos cómo es el marco general de ambas actividades de control del gasto público, tal como establece la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI – “International Organi- zation of Supreme Audit Institutions”). INTOSAI, a partir de los principios de legalidad, rentabilidad, utilidad y racionalidad de las operaciones financieras, estable- cidos en el artículo 1 de su “Carta Magna” o Declaración de Lima (INTOSAI-P 1), ratificada el año 1977, constituyó el marco IFPP 6 (“INTOSAI Framework of Professional Pronoun- cements”) que contiene tres modalidades de auditoría (Financiera, Operativa y Cumplimiento) y tres categorías de pronunciamientos profesionales. En el caso de las auditorías de rendimiento, de desempeño, de gestión u operativas (de acuerdo con las diferentes denominaciones en español que recibe en la prácticamundial), la definición de la auditoría operativa la encontramos en la ISSAI (“International Standard of Supreme Audit Institutions”) 300, párrafo 7 y en la ISSAI 3000, párrafo 17: “Auditoría de Desempeño [así INTOSAI denomina en español a las auditorías operativas] es una revisión independiente, objetiva y confiable sobre si las acciones, sistemas, operaciones, programas, actividades u organizaciones del gobierno operan de acuerdo con los principios de economía, eficiencia y eficacia, y sobre si existen áreas de mejora”. En cuanto a las evaluaciones en el sector público, el Grupo de Trabajo de INTOSAI sobre Evaluación de Programas creado en 1992 adoptó en 2016 la INTOSAI-GOB-9400 – Guía sobre la Evaluación de Políticas Públicas 7 , que señala en su apartado 1 que “estas directrices tienen por objeto ayudar a las EFS [Entidades Fiscalizadoras Superiores] y entidades encargadas de la evaluación a analizar de manera neutral e independiente los diversos criterios que permiten emitir una valoración sobre la utilidad de una política pública”. 3.1 Auditorías operativas de economía, eficiencia y eficacia La auditoría pública financiera y de cumplimiento tiene su origen en la auditoría de cuentas llevada cabo en el sector privado. Sin embargo, la auditoría operativa es propia del sector público, si bien se practica en el sector privado con ciertas similitudes. En la actualidad, es IFAC (“International Federation of Accountants”) quien elabora a través del IAASB (“Interna- tional Auditing and Assurance Standard Board”) las ISA (“International Standards on Auditing”), que corresponden a las NIA (Normas Internacionales de Auditoría) españolas. Las NIA adaptadas a España son las NIA-ES, que adaptadas a su vez al sector público son las NIA-ES-SP. Tanto las ISA, como las NIA-ES y las NIA-ES-SP se refieren solo a la auditoría financiera o de cuentas. Es decir, IFAC no contempla las auditorías operativas para el sector privado, al contrario que hace INTOSAI para el sector público mediante las ISSAI, que adaptadas a España son las ISSAI-ES, que sí consideran las tres modalidades citadas de auditoría. Los principios de la auditoría operativa o de desempeño están recogidos en la citada ISSAI 300. La ISSAI 300, en su párrafo 11, señala que los principios de economía, eficiencia y eficacia pueden definirse de la siguiente manera: ¡ El principio de economía significa minimizar los costos de los recursos. Los recursos utilizados deben estar disponibles a su debido tiempo, en cantidades y calidad apropiadas y al mejor precio. ¡ El principio de eficiencia significa obtener el máximo de los recursos disponibles. Se refiere a la relación entre recursos utilizados y productos entregados, en términos de cantidad, calidad y oportunidad. ¡ El principio de eficacia se refiere a cumplir los objetivos planteados y lograr los resultados previstos. 6. Marco INTOSAI de Pronunciamientos Profesionales. Accesible en: https://www.intosaifipp.org/ifpp (consul tado el 28 de julio de 2022). 7. INTOSAI-GOV-9400. Accesible en: htpps://www.intosaicommunity.net/ wgeppp/wp-content/uploads/2019/08/INTOSAI-GOV-9400_ES.pdf ( consultado el 28 de julio de 2022).

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