Auditoría Pública nº 82. Revista de los órganos autonómicos de control externo
130 REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 82 ¡ Indirectos, cuando la solución comprometa a otros actores públicos -véase Diputaciones provinciales o entidades supramunicipales, mancomunidades, etc.-. E inevitablemente, de oportunidad, pues los recursos invertidos para ello necesariamente se detraen de otras funciones y actividades que también los requieren. En ese sentido, se echa de menos una previsión económica de los costes que compromete la entrada en vigor de la ley y que entendemos debe preceptivamente acompañar a cada proyecto normativo 15 . 6. La óptica del fiscalizador respecto del cumplimiento de la ley. ¿Habrá auditorías de infarto? Si la ley debe cumplirse, más allá de la vigilancia ciudadana y de la revisión administrativa o jurisdiccional a que en cada caso dé lugar la implantación -o su omisión- del sistema interno de información en los distintos niveles de las administraciones obligadas a su puesta en marcha, así como la actividad derivada de la información e investigación consecuencia de las comunicaciones generadas en su seno a través de los correspondientes canales internos, alguien deberá aportar datos fiables que acrediten los distintos niveles de su cumplimiento. Qué mejor que esa función pública se lleve a cabo por quienes son competentes para ello: el Tribunal de Cuentas (TCU) y los órganos con función análoga (OCEX) en las CCAA. a. El antecedente de las Auditorías de los planes antifraude exigibles en el marco de los fondos europeos Aun reciente, se cuenta ya con una cierta experiencia en la fiscalización del cumplimiento de la obligación que la Unión Europea ha impuesto a las entidades beneficiarias de fondos destinados a la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Esta innovadora actividad auditora se concibe, a la vez, como unaauditoríadecumplimiento, así comooperativaodegestión. Es de cumplimiento en la medida en que tiene como finalidad verificar si las entidades ejecutoras de las medidas del PRTR 15. Real Decreto 931/2017, de 27 de octubre, por el que se regula la Memoria del Análisis de Impacto Normativo (art. 2.1.d) https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE- A-2017-13065&p=20210331&tn=1#a1
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