Auditoría Pública nº 82. Revista de los órganos autonómicos de control externo

REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 82 204 Por otro lado, la compra pública estratégica también abre nuevos horizontes a la auditoría, en la medida en que la primera, implica ir un paso más allá de la mera inclusión de cláusulas sociales o medioambientales en los pliegos de los contratos y exige una mejor planificación de los gestores, un compromiso con la integridad, el impulso a la tramitación de contratos reservados, de procedimientos como la asociación para la innovación, o de la subcontratación de pequeñas y medianas empresas como vía de acceso a las licitaciones. 11. La evaluación de la ética y la integridad públicas pone el foco en la protección del denunciante, en los planes de medidas antifraude ligados a la gestión de fondos postpandemia y en las auditorías de medidas de prevención de la corrupción; a su vez, exige a las instituciones de control dar ejemplo definiendo sistemas propios de integridad institucional Las auditorías encargadas de evaluar la ética y la integridad públicas, en sus diferentes aspectos, emergen como una nueva dimensión en el acervo de objetivos de las entidades vinculadas al control de las administraciones públicas, incluso, sin referencias normativas directas. En este sentido, la ley de protección del informante en el sector público constituye un peldaño más para el fortalecimiento de los sistemas de integridad institucional, que no sólo debe permitir que las alertas sobre infracciones se presenten de forma anónima, sino que debe garantizar que ese anonimato se proteja. En la actualidad, este es aún un objetivo complejo para nuestras instituciones porque la mayoría no dispone de experiencia en canales confidenciales, pues todos los procedimientos administrativos existentes hasta la fecha exigían la identificación previa del interesado, y los espacios administrativos en los que opera la confidencialidad a menudo son relativos a información procedente de personas ajenas a la administración con respecto a otros terceros. Por otra parte, las fiscalizaciones de los planes de medidas antifraude exigidos a las entidades ejecutoras de fondos europeos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) han revelado aspectos positivos en materia de integridad, como la prevención de los conflictos de interés, la asignación de responsabilidades en materia antifraude, la apuesta por la formación en aspectos éticos, la necesidad de hacer evaluación de riesgos o el uso de tecnología en la detección del fraude. Sin embargo, estas auditorías también señalan defectos que dificultan la lucha contra el fraude; entre otros, el escepticismo de muchas administraciones en las que sigue arraigada una cultura formalista que socava su credibilidad, o la ausencia de implicación de toda la organización, en particular, de los niveles superiores. En consecuencia, los trabajos de seguimiento y supervisión de la ejecución de los planes antifraude cobran una especial importancia para garantizar que estos instrumentos sean útiles y eficaces. De manera

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