Auditoría Pública nº 82. Revista de los órganos autonómicos de control externo
Análisis de la cobertura de necesidades de personal para asumir los fondos Next Generation EU: auto provisión o externalización en un entorno de datos 47 En el análisis de las posibles soluciones a la situación de evidente embudo que se ha producido, descartada la planificación previa de los RRHH necesarios, existían al menos 3 posibilidades: ¡ La provisión con los recursos humanos disponibles o con el personal interino necesario. ¡ La provisión por medio de la contratación pública. ¡ El recurso de la encomienda de gestión a medios propios de la Administración. Podríamos decir que casi todas las Administraciones han hecho un camino análogo con opciones y descartes que se han ido sucediendo en el tiempo. 2. La autoprovisión y la jornada laboral “extensible” como única medida implantada En la Comunidad Autónoma de Galicia hace casi dos años se publicó, para atajar la respuesta a los nuevos fondos europeos, la Resolución de 24 de junio de 2021, de la Secretaría General Técnica y del Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de la Xunta de Galicia de 8 de abril de 2021 por el que se aprueban las actuaciones en materia de personal para la gestión de los fondos de recuperación y resiliencia (FRR) y otros fondos europeos 3 . Más personal o movilidad horizontal, encomienda de fun- ciones, grupos de trabajo, etc. Muchas medidas que la normativa vigente ya preveía desde hace años, pero con párrafos como el siguiente que parecían escapar de la gestión habitual de gratificaciones y/o productividad: “Las gratifi- caciones extraordinarias estarán especialmente indicadas en tareas de una complejidad menor….”, frente a la “productividad, que estará ligado a la consecución de objetivos, estará especialmente indicado en la realización de tareas de especial complejidad, dedicación y esfuerzo…”. El problema, como en tantas ocasiones, es que casi 2 años después, no ha habido un análisis del rendimiento de esta norma, de la implantación de los programas de productividad por objetivos, de las tareas de los grupos de trabajo. ¿Y el teletrabajo? ¿Y las prometidas aplicaciones para el seguimiento del teletrabajo y del presencial? ¿Qué control se está haciendo de los objetivos, de la productividad o del simple cumplimiento de tareas ordinarias? En una primera fase de negociación de los nuevos instru- mentos de financiación, casi todas las Administraciones han planificado en menor o mayor medida posibles soluciones a la previsible acumulación de tareas que les venía encima con la post pandemia. Todas las posibilidades que ya recogía la normativa vigente, pero bajo la “etiqueta” de los Fondos NGEU, del PRTR o de todo a la vez. Por otra parte, la gestión de las horas extra sigue por tanto planteándose como un escenario de máximos o topes que se pueden agotar sin que exista una rendición de cuentas ajustada al escenario de control de datos que parece, y sólo parece, perseguir alguna Administración 4 . En todo caso el primer punto a analizar debería ser una respuesta a las siguientes preguntas: ¿qué hace el personal afectado en el horario ordinario? ¿Hemos medido el cumplimiento de objetivos durante la parte del año que no estamos agobiados por un trabajo que conlleva horas extra? En mi anterior puesto de trabajo, he probado un sistema rudimentario de análisis de objetivos con la utilización de aplicaciones de gestión de objetivos, combinando hojas Excel con la conocida app “Trello”. Esto permite hacer un control de los gastos de personal y de su rentabilidad, de la misma forma que nuestro acceso a los sistemas de información y tramitación de expedientes permite analizar sus tiempos medios, sus irregularidades, dudas, demoras, impacto de la entrada de nuevo personal,… Lejos queda aún el sistema de evaluación objetivo y medible (sin perjuicio de que haya quien desde la doctrina defienda que los resultados de la evaluación queden en la esfera personal del evaluado). Sin embargo, existen algunas propuestas que avanzan en la modernización de los procesos de selección y de evaluación del trabajo realizado. Por ejemplo, de la misma 3. Resolución de 24 de junio de 2021. https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2021/20210706/AnuncioG0597-280621-0001_es.html. 4. Además debemos tener en cuenta la cada vez más consolidada jurisprudencia que ante la ausencia de control horario por las empresas, traslada la carga de la prueba a las empresas cuando el empleado/a reclama horas extra (ví a https://ignasibeltran.com/: STSJ Galicia 23 de junio 2022 - rec. 5087/2021, STSJ Galicia 1 de marzo 2023-rec. 6191/2022,..).
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