Auditoría Pública nº 82. Revista de los órganos autonómicos de control externo
RIesgos y debilidades en la gestión electrónica de las haciendas públicas: la necesidad de realizar una auditoría operativa horizontal 83 antes de enviarlos. Pero en otros casos la información se remite registrando dato a dato con todo lo que ello supone en pérdida de tiempo y riesgos de errores. Por otro lado, también resulta reseñable que algunas de las plataformas a las que se remiten los datos permiten dejar sin registrar las celdas que contienen los datos o permite formatos diferentes al sentido del dato, lo cual afecta negativamente a la calidad del dato y a su uso posterior. Con la administración electrónica los requerimientos de información económica han aumentado exponencialmente pero a costa de tener que destinar muchos recursos humanos para poder gestionar todos los datos requeridos. Existe una importante ineficiencia en el envío de datos por la falta de interconexión y normalización de formatos entre las diferentes aplicaciones y sistemas informáticos. Nunca hubo tantos datos de gestión económica de las administraciones públicas pero a consta de un gran esfuerzo de recursos públicos para una utilidad real o análisis del dato cuya finalidad, efectividad o aplicación interna todavía no parece ni eficaz ni eficiente. Sólo hace falta echarle un vistazo a la web datos.gob.es para ver la dispersión del dato y la ausencia de una centralización de la información que permita ser realmente útil. A título de ejemplo, podemos citar el caso de la BDNS que es la única base de datos que por imposición legal centraliza datos de todas las subvenciones de todas las administraciones públicas. No ocurre lo mismo con la contratación pública en la que no existe una única base de datos, lo que impide un conocimiento abierto y total de la información en materia de contratación pública y, por lo tanto, no permite realizar análisis masivos de datos en contra del espíritu de la normativa de la transparencia. Incluso en el caso de la BDNS, a pesar de tener centralizado todos los datos de todas las administraciones públicas (por cierto, sin una interconexión automática), (i) no permite descargar masivamente toda la base de datos (está limitada a 10.000 registros) bajo el argumento de la protección de datos personales y limitaciones del servidor 2 , y (ii) no permite, precisamente por la limitación comentada y por no poder seleccionar por varias entidades locales, hacer filtros y limita realizar cualquier comparación y/o análisis automático o semiautomático a través de mining data (minería de datos). 2. El consejo de transparencia en Resolución 701/2020 considera que esa limitación no incumple la Ley de Transparencia porque se exigiría la elaboración y diseño de un procedimiento específico, cuando el problema parece que sólo es de capacidad del servidor o, si se me permite, de voluntad para abrir toda la base de datos para su análisis masivo.
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