Page 9 - Revista Auditoria Pública nº 83
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nulo no puede devengar intereses de demora.
                                                                Hasta que no se resuelva el procedimiento de
                                                                revisión de oficio, no empezarían a devengarse
              “Las administraciones                             los  intereses  de  demora  en  el  caso  de  que  la
                                                                administración no pagara.
                públicas contratan

                demasiado a menudo                              Respecto  al  reconocimiento  extrajudicial  de
                                                                créditos, vía para pagar una obligación sin cré-
                de manera irregular”                            dito presupuestario, dice que “se ha generaliza-
                                                                do para otras obligaciones con irregularidades
                                                                como la no licitación o los reparos suspensivos”.


                                                                – El Tribunal de Cuentas hizo un informe muy
                                                                bueno que identificaba este problema. Efecti-
                                                                vamente,  el  reconocimiento  extrajudicial  de
                                                                créditos es un mecanismo presupuestario pre-
                                                                visto para resolver contratos sin crédito presu-
                                                                puestario. ¿Qué ha ocurrido? Que se ha genera-
                                                                lizado para pagar todo tipo de irregularidades.
            por problemas en los pliegos o recursos, o por
            pura  estrategia  porque  a  la  administración  le   Cita también la revisión de oficio de la contrata-
            resulta más barato seguir con el contratista an-    ción irregular, destacando que debe hacerse de
            tiguo que licitar un nuevo contrato. El ámbito      manera restrictiva.
            estatal lo conozco menos, sobre todo a través
            de los informes del Tribunal de Cuentas.            – A raíz de unas jornadas en Canarias, tuve co-
                                                                nocimiento de que muchos contratos sanitarios
            En su artículo defiende que “si hay nulidad ra-     irregulares, verbales o con expediente incom-
            dical, no es razonable que el contratista perciba   pleto se resolvían a través de esta vía. Lo que
            el importe íntegro”. Sugiere que, en esos casos,    debía ser un procedimiento excepcional se ha
            se reste el beneficio industrial.                   convertido  en  mecánica  ordinaria  para  blan-
                                                                quear  la  contratación  irregular.  Incluso  se  ha
            –  Es  un  tema  en  el  que  no  nos  ponemos  de   generalizado la frase: “Te pago con una revisión
            acuerdo los órganos consultivos al dictaminar       de  oficio”.  El  Consejo  Consultivo  de  Canarias
            las revisiones de oficio. Unos son partidarios de   llegó a considerar fraude de ley acudir a la revi-
            descontar el beneficio industrial y los gastos ge-  sión de oficio para depurar toda la contratación
            nerales. En el caso del Consejo Consultivo de As-   irregular. En este sentido, el Consejo de Esta-
            turias, resolvemos ad casum. Si percibimos que      do ha ido modificando su criterio desde 2020.
            no hubo mala fe del contratista, que no existió     Ahora es partidario de reconducir muchas revi-
            propósito de sustraer la contratación a los prin-   siones de oficio a supuestos de responsabilidad
            cipios generales de la contratación pública, no     contractual. Nadie puede negar que hay un vín-
            somos partidarios de descontar el beneficio in-     culo contractual de hecho cuando el contratista
            dustrial y los gastos generales. Sí somos firmes,   sigue ejecutando el mismo contrato. Pero para
            y discrepamos a veces con el Tribunal Superior      el  Consejo  de  Estado  eso  debe  depurarse  vía
            de Justicia de Asturias, en el abono de los in-     responsabilidad contractual, no a través de la
            tereses  de  demora.  Creemos  que  un  contrato    revisión de oficio.



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