Page 91 - Revista de Auditoría Pública
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La auditoría de cumplimiento de la integración de las cláusulas sociales y medioambientales en la contratación pública






















































               ¡  Criterios de desempate:  el artículo  147 LCSP       el artículo que supone un gran paso adelante
                   establece que los órganos de contratación           en la integración de las cláusulas sociales y
                   podrán establecer en los pliegos de cláusulas       medioambientales es el artículo 202 LCSP, titu-
                   administrativas particulares criterios de adjudi-   lado Condiciones especiales de ejecución del
                   cación específicos para el desempate en los ca-     contrato de carácter social, ético, medioam-
                   sos en que, tras la aplicación de los criterios de   biental o de otro orden. De conformidad con el
                   adjudicación, se produzca un empate entre dos       mencionado artículo: “los órganos de contrata-
                   o más ofertas. Establece una serie de cláusulas     ción podrán establecer condiciones especiales
                   sociales, que deberán estar vinculadas al objeto    en relación con la ejecución del contrato, siem-
                   del contrato. En defecto de dicha previsión en      pre que estén vinculadas al objeto del contrato,
                   los pliegos, el empate entre varias ofertas tras    en el sentido del artículo 145, no sean directa
                   la aplicación de los criterios de adjudicación del   o indirectamente discriminatorias, sean com-
                   contrato se resolverá mediante la aplicación por    patibles con el Derecho de la Unión Europea y
                   orden de los criterios sociales concretos que       se indiquen en el anuncio de licitación y en los
                   establece el mencionado artículo.                   pliegos”. Establecidos los requisitos habilitantes
                                                                       para su utilización conforme a Derecho, prosi-
               ¡  Condiciones de Solvencia Técnica: Entre las          gue el artículo incorporando como novedad la
                   mismas, los artículos 88 y 90 LCSP establecen,      obligatoriedad de dichas cláusulas en todos los
                   por ejemplo, en los casos adecuados, la indica-     contratos:  En todo caso, será obligatorio el
                   ción de las medidas de gestión medioambiental       establecimiento en el pliego de cláusulas ad-
                   que el empresario podrá aplicar al ejecutar el      ministrativas particulares de al menos una
                   contrato.                                           de las condiciones especiales de ejecución
                                                                       de entre las que enumera en el art. 202.2
               ¡  Condiciones especiales de ejecución: sin duda        LCSP, en un listado numerus apertus.



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