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REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 85
4. Sin gobierno de datos no hay paraíso. uso de la IA nos viene a plantear. Y, por supuesto,
Definir, elaborar y aprobar un PEGODA: manteniendo al respectivo equipo auditor al que se
le asigne el trabajo de fiscalización de que se trate,
¿Cómo se hace? ¿Cuál debe ser como propietario de los datos usados en el mismo
su contenido? y garantizando, así mismo, su uso y accesos exclu-
sivos por el personal que debe tener acceso a ellos,
4.1. Algunas ideas surgidas de los trabajos generando las evidencias oportunas que lo acrediten
en curso en la Sindicatura. frente a terceros, con arreglo a las exigencias de las
guías de fiscalización vigentes.
Vamos a plantear ahora, sucintamente, algunas cuestio-
nes que surgen en los debates que el proceso de elabo- ¡ La transversalidad del PEGODA es esencial, y
ración de un PEGODA propicia y, cuyo mero hecho, ya debe estar dirigida a toda la organización, pero fun-
supone un crecimiento de la respectiva institución en la damentalmente ha de orientarse como utilidad para
búsqueda de respuestas adecuadas a la creciente datifi- los servicios y equipos de auditoría en su labor fis-
cación en que se desarrolla la actividad de las AAPP, ob- calizadora diaria. El valor de los datos internos y su
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jeto de nuestro control externo, y que, por lo tanto, con- uso uniforme, siguiendo unas pautas consensuadas
diciona nuestras funciones como fiscalizadores públicos: y escritas, que vinculen a toda la Institución, debe ser
el santo y seña del plan.
¡ Quién y cómo interviene en su elaboración y
puesta en marcha. La clave puede estar en promo- ¡ Aparte de los datos internos que ya pueda po-
ver la participación del personal comprometido, fun- seer el OCEX, los datos externos delimitan lo que
damentalmente de los equipos de auditoría, como podríamos denominar la zona perimetral del PEGO-
núcleo duro del negocio de los OCEX. También, los DA, el camino hacia una interoperabilidad integral,
gestores de servicios comunes (secretarías genera- verdadera y plenamente operativa, por parte de las
les), alineados en un objetivo compartido, definido ICEX con todos los repositorios y bases de datos
por el PEGODA, obtenido del trabajo conjunto y con (estructuradas) de las distintas administraciones pú-
el máximo consenso posible en el seno de cada ór- blicas (AAPP), que contienen datos e información
gano de control externo. Plan que debe incidir, a su relevantes para el normal ejercicio de la función de
vez, en el Plan Estratégico de la entidad. control externo sobre el sector público.
¡ Se trata de pautar una regla de comportamiento No las citaremos todas, pero sí recordar algunas muy
previsible, constituir una guía o norma común para valiosas para una fiscalización certera y de calidad,
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relacionarse con los datos , en sus diferentes oríge- en función de la tipología de cada trabajo: PREEL ,
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nes y procedencias, dentro de un marco seguro y PCSP , BDNS , IGAE , AEAT , TGSS , AIREF ,
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controlado, para responder a las necesidades que el BE , CORME , OIRESCON , DGT , etc.
5 https://en.wikipedia.org/wiki/Datafication
6 ¿Por qué no elaborar en el futuro una guía de fiscalización específica sobre los procedimientos a utilizar en el manejo de los datos, a partir de la concepción que subyace
en el PEGODA?
7 https://www.rendiciondecuentas.es/es/index.html?locale=es
8 Plataforma de Contratación del Sector Público: https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma
9 Base de datos nacional de subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio
10 Base de datos de la Intervención general de la administración del Estadio: https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/BasesDatos/paginas/basesdatos.aspx
11 Base de datos de la Agencia estatal de la administración tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/gobierno-abierto/reutilizacion-informacion/datos-disponi-
bles-catalogo-datos-abiertos-tributaria.html Por cierto, para cuándo poder acceder los OCEX a otros datos que le son útiles para su función auditora del sector público, más
allá del catálogo de datos abiertos? Al fin y al cabo, tan solo se trata de revisar el art. 95 de la vigente Ley General tributaria y establecer una previsión para los OCEX, del
mismo tenor que la excepción prevista en apartado “g: en el ejercicio de sus funciones de fiscalización” para el Tribunal de Cuentas. O, ¿acaso no son los OCEX homologa-
bles al TCU en cuestiones como estas?
12 Base de datos de la Tesorería General de la Seguridad social: https://w6.seg-social.es/PXWeb/pxweb/es
13 Base de datos de la Agencia Independiente de responsabilidad fiscal: https://www.airef.es/es/acceso-a-datos/
14 Bases de datos del Banco de España: https://www.bde.es/wbe/es/areas-actuacion/central-balances/bases-de-datos-y-aplicaciones/bbdd-datos-publicas-informacion-sectores/
15 portal de Datos Abiertos de los Registradores de España: https://opendata.registradores.org/
16 https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Oirescon/Paginas/ias.aspx
17 Plataforma de intermediación de datos de la DGT: https://sede.dgt.gob.es/es/otros-tramites/tramites-para-administraciones/plataforma-de-intermediacion-de-datos/
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