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Una visión del modelo español de control externo y lucha contra el fraude. La experiencia en Castilla y León






                   ciones contempladas en la Ley 2/2023, de 20 de   Bibliografía.
                   febrero.
                                                                ¡  Arias y Riera M. “El sistema español de control ex-
               ¡  Así como el desarrollo de funciones de preven-   terno: algunas cuestiones incómodas”. Presupuesto
                   ción y formación en materia de integridad, pre-  y Gasto Público 86/2017: 91-108. Instituto de Estu-
                   vención y lucha contra el fraude y la corrupción.  dios Fiscales. (2017)

            Su puesta en marcha no ha estado exenta de dificul-  ¡  Biglino Campos, P. et al. “Introducción”, en Consejos
            tades, estrechamente relacionadas con algunos de los   Consultivos y Comunidades Autónomas. La Institu-
            problemas consecuencia de la Ley 2/2023 que contiene   ción en Castilla y León, Cortes de Castilla y León y
            aspectos de imposible cumplimiento dadas las caracte-  Universidad de Valladolid, Valladolid, 2007
            rísticas de nuestra Comunidad  Autónoma. Y, especial-
            mente, por dificultades que devienen de su adscripción   ¡  Durán Alba, J. F. El Consejo de Cuentas de Castilla y
            presupuestaria al CCCyL que, en estos momentos, por    León ante el vigésimo aniversario de su ley regulado-
            distintas circunstancias, no dispone de una dotación es-  ra. Documento divulgativo del Consejo de Cuentas.
            pecífica para la Autoridad, sin perjuicio de que ha asumi-  (2022)
            do su puesta en marcha con un presupuesto prorrogado
            que no contemplaba la creación de la AICCYL.        ¡  Porras Gómez, A-M. El control externo del gasto pú-
                                                                   blico en entes políticos descentralizados. El caso de
            En última instancia, cabría preguntarse si la adscripción   España. Auditoría Pública nº 64 (2014), pp. 97-104
            de esta al CCCyL, al adolecer este de competencia en
            materia de prevención de la corrupción, es el encaje ins-  ¡  Tribunal de Cuentas. Relaciones con los Órganos de
            titucional más adecuado cuando este órgano de control   Control  Externo  de  las  Comunidades  Autónomas.
            externo no tiene, insisto, en su regulación, ningún tipo   https://www.tcu.es/es/relaciones-externas/relacio-
            de competencia directa en materia de lucha contra la co-  nes-institucionales/relaciones-con-ocex
            rrupción. Entiendo que la solución más lógica sería la am-
            pliación competencial del Consejo de Cuentas en dicho
            ámbito o, en su defecto, a sensu contrario, la plena auto-
            nomía, también orgánica y presupuestaria, de la AICCYL
            mediante la correspondiente modificación legislativa.

            Termino como empecé este artículo haciendo defensa
            de la arquitectura institucional como mejor aval para la
            fortaleza de las democracias y emplazando a acometer
            las oportunas reformas que permitan hacer frente con
            agilidad a los desafíos presentes y futuros. Máxime cuan-
            do en España el Índice de Percepción de la Corrupción
            (IPC) que publica Transparency International España  ha
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            empeorado sensiblemente en el último año.

             Abogo en este sentido porque los mecanismos de la
            transparencia en el ámbito de la gestión pública sirvan,
            no para reemplazar la confianza, necesaria en todos los
            ámbitos de las relaciones humanas, sino para poder re-
            establecerla y sostenerla.











            17  La puntuación de España en el Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) 2024 de Transparencia Internacional ha disminuido a 56/100, lo que supone una caída de
            cuatro puntos en comparación con el año anterior (IPC 2023). Con esta nueva calificación, España ocupa el puesto 46 de 180 en el ranking global del IPC, compartiendo
            posición con Chipre, República Checa y Granada. Y en relación a los países de la Unión Europea, pasa del puesto 14/27 al 16/27, siendo superada por Letonia (59/100) y
            Eslovenia (60/100), compartiendo puntuación con Chipre y República Checa. https://transparencia.org.es/actualidad/indice-de-percepcion-de-la-corrupcion-2024-espana-
            baja-cuatro-puntos-y-diez-puestos-con-respecto-al-indice-de-percepcion-de-la-corrupcion-2023/


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