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Riesgos en los ingresos públicos con especial referencia a las dificultades de gestión y seguimiento de los derechos pendientes de cobro.
miento tanto de la planificación a través del presupuesto si no son conforme a la ley, pero los ingresos sólo se
como de su ejecución, en las finanzas públicas se estruc- revisan a posteriori para proponer mejoras y exigir res-
tura a través del control, interno de las intervenciones y ponsabilidades. En los ingresos no se puede parar la re-
externo a través del Tribunal de Cuentas y los Órganos de caudación a priori si no son conforme a la ley, a pesar del
Control Externos (OCEX). plano vertical con el que actúa la administración.
En el caso del control interno del ingreso público, y según También es importante señalar que, según el artículo 39
la normativa vigente, a nivel estatal los ingresos públicos del Decreto 4/2012, de 17 de enero, por el que se aprue-
están sometidos a toma de razón en contabilidad por la ba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, la
intervención y control financiero permanente, mientras Agencia estará sujeta al control financiero permanente
que los ingresos tributarios gestionados por la AEAT ejercido por la Intervención General de la Junta de Anda-
únicamente a control financiero permanente. En la Co- lucía. La actuación de la Agencia se produce con arreglo
munidad Autónoma de Andalucía, los ingresos públicos, al contrato plurianual de gestión y plan de acción anual.
tanto tributarios como no tributarios, están sometidos a Concretamente, en el contrato plurianual de gestión de
control financiero posterior, que puede ser permanente 2023 a 2025 la Consejería de Hacienda, marca objetivos
cuando lo disponga la Intervención General. de ejecución del estado de ingresos del presupuesto de
la Comunidad Autónoma de Andalucía. Hay que desta-
Por el contrario, la aprobación del gasto, su compromiso car pues, que el control de la actuación recaudadora de
y el reconocimiento de las obligaciones, está sometido a ATRIAN es permanente, y se realiza conforme a ingre-
fiscalización previa e intervención. so contable y no conforme a su recaudación, aspecto
que afecta muy directamente a la gestión de cobro de
Por tanto, al igual que ocurría en el resto de las fases, nos dichos ingresos, y a los derechos pendiente de cobro de
encontramos ante una asimetría en el control de gastos la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Anda-
e ingresos, tanto a nivel estatal como a nivel autonómi- lucía.
co, los gastos se revisan o fiscalizan a priori, previamente
a su ejecución, mientras que los ingresos se revisan a En conclusión, existe una asimetría en las finanzas pú-
posteriori, con un control financiero permanente o poste- blica en la planificación o previsión del presupuesto,
rior o auditoría pública. Este matiz se traduce en que los ejecución, y revisión o control de los ingresos y gastos
gastos pueden paralizarse previamente a su realización públicos (Gráfico 1).
Gráfico 1.
Asimetrías entre ingresos y gastos públicos.
Fuente: elaboración propia
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