Page 158 - Revista Auditoria Pública nº 83
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REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 83






         1.    Introducción.                                 Hacienda, siguiendo la clasificación funcional del gasto de
                                                             las Administraciones Públicas (conocido por sus siglas en
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         Las comunidades autónomas (CCAA) y el propio Gobierno   inglés, COFOG) .
         han reiterado en numerosas ocasiones la necesidad de re-
         formar el Sistema de Financiación Autonómica (SFA) . Un   Estos datos son fundamentales para este tipo de análisis,
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         sistema que lleva pendiente de revisión desde 2014, tal y   debido a que se recogen todos los niveles de las adminis-
         como establecía la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por   traciones públicas y sus criterios permiten realizar com-
         la que se regula el sistema de financiación de las Comuni-  paraciones internacionales. Sin embargo, es necesario
         dades Autónomas de régimen común y Ciudades con Es-  realizar unos ajustes para que sean comparables y homo-
         tatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas   géneos. Éste es el objetivo principal del trabajo, establecer
         tributarias. Uno de los objetivos fundamentales de dicha   los ajustes necesarios para permitir la adecuada compara-
         reforma es garantizar la suficiencia en la provisión de los   bilidad de los datos ofrecidos por esta fuente de datos de
         servicios públicos fundamentales (SPF, en adelante).  la IGAE. Por tanto, la aportación del trabajo es básicamen-
                                                             te metodológica, si bien los resultados una vez aplicada la
         Los SPF incluyen los servicios públicos de sanidad, educa-  metodología propuesta son muy reveladores.
         ción y servicios sociales esenciales. Sobre estos servicios,
         las CCAA tienen amplias competencias. De hecho, sobre   Algunos de los ajustes propuestos ya se han utilizado con
         los dos primeros, sus competencias son casi exclusivas.   anterioridad en otros trabajos. Destacar en este sentido el
         En el caso de los servicios sociales esenciales, la seguri-  trabajo Melián-González et al (2018) que contempla varios
         dad social también desempeña un papel muy relevante,   de los ajustes que se platean en este trabajo. Sin embar-
         gracias a las pensiones y los subsidios de desempleo.   go, a diferencia del trabajo anterior, también se incluye el
         No obstante, en el presente trabajo, no se analizarán los   gasto indirecto que realizan las CCAA en SPF. Este fenó-
         servicios públicos fundamentales provistos por la adminis-  meno es especialmente relevante para los archipiélagos
         tración general del Estado ni por la seguridad social. Nos   donde el gobierno autonómico financia a los cabildos o
         interesa realizar un análisis descentralizado que ponga de   consejos insulares (en las Islas Canarias y en las Islas Ba-
         relieve las diferencias entre las CCAA. Los SPF, en definiti-  leares, respectivamente) para que estos realicen gasto en
         va, constituyen un pilar fundamental del estado de bienes-  SPF.
         tar y son un objetivo prioritario del actual SFA, tal y como
         recoge la Ley 22/2009 en su preámbulo y en su artículo 9,   En concreto, los ajustes propuestos son cuatro:
         gracias al Fondo de Garantía de los SPF.
                                                             ¡  Descontar las transferencias realizadas a otras admi-
         En 2019, se publicó un número especial en la revista Pre-  nistraciones públicas. Esto resuelve la distorsión que
         supuesto y Gasto Público sobre la financiación de los SPF.   representa para algunas CCAA, como es el caso de
         En él, varios de los artículos, pretendían medir el esfuerzo   las Illes Balears o Canarias, la existencia de entida-
         de las CCAA en la financiación de los mismos (véase On-  des locales que asumen competencias que en otras
         rubia, 2019, Utrilla, 2019 y Pérez y Pérez, 2019), que sirve   regiones recaen directamente sobre las CCAA. En
         de base para analizar la suficiencia del sistema. La conclu-  concreto, nos referimos a los consejos insulares y los
         sión de todos ellos es que existe una gran disparidad en   cabildos. Pero al mismo tiempo, también se corrige el
         el gasto que realizan las CCAA en SPF, incluso si nos ceñi-  efecto que tienen las transferencias negativas del SFA
         mos a las de régimen común. En parte, este gasto dispar   de algunas CCAA, como es el caso de las Illes Balears,
         se justifica por las diferencias de recursos de las CCAA y   Cataluña o Madrid.
         en parte por el ejercicio de la autonomía de los territorios
         en las decisiones de gasto.                         ¡  Añadir el gasto en servicios públicos que son compe-
                                                                tencia de las comunidades autónomas y son realiza-
         Los datos utilizados en los artículos anteriormente men-  dos por las diputaciones, consejos y cabildos. Al igual
         cionados son los facilitados por la Intervención General   que se descuentan las transferencias de las CCAA a
         del Estado (IGAE), que depende del propio Ministerio de   las entidades locales, cabe añadir el gasto realizado









         1   Por ejemplo, en el Consejo de Política Fiscal y Financiera celebrado el 7 de febrero de 2020.
         2   Herrero y Urbanos (2019) también analizan el gasto en SPF de las CCAA, pero utilizan como fuente la Liquidación de Presupuestos de las CCAA y de Las Haciendas
         Autonómicas en Cifras (Ministerio de Hacienda). No obstante, las mismas correcciones que se proponen más adelante, también se deberían aplicar para estos datos.


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