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La transformación del control y la gestión del gasto público: más allá de un cambio de formato






            Por su parte las normas presupuestarias atribuyen com-  ¡  En el caso de los convenios es la propia LGP
            petencias en materia de gasto, correspondiéndole con       la que en su artículo 74.5 establece que los ór-
            carácter general también a los Ministros , Consejeros      ganos de los departamentos ministeriales  com-
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            autonómicos y órganos asimilados, así a como a los ti-     petentes para la suscripción de convenios o
            tulares de los demás órganos con dotaciones diferencia-    contratos-programa con otras Administraciones
            das para aprobar y comprometer los gastos propios de       públicas.., necesitarán autorización del Consejo
            sus presupuestos salvo en aquellos casos que una ley       de Ministros cuando el importe del gasto que de
            lo reserve al consejo de Ministros u órgano homólogo.      aquellos se derive sea superior a doce millones
            Es habitual que tal y como se prevé en las propias leyes   de euros añadiendo: “La autorización del Conse-
            estas facultades sean desconcentradas o delegadas en       jo de Ministros implicará la aprobación del gasto
            órganos jerárquicamente dependientes.                      que se derive del convenio o contrato–progra-
                                                                          .
                                                                       ma”  Así, vemos que se refunden negocio y fase
            Sentada la regla general, como veremos, en la práctica     de gasto otorgando la competencia del gasto al
            esta doble atribución competencial y este camino parale-   órgano colegiado, que emite una autorización
            lo parece complicarse y entremezclarse.                    previa sobre el negocio jurídico.

            En cuanto a la complejidad vemos dos ejemplos:         ¡  En las subvenciones, caracterizadas por la com-
                                                                       plejidad de la gestión dado que pueden afectar
               ¡  En las normas sustantivas del proceso (con-          a un gran número de terceros (beneficiarios),
                   tratación, subvenciones) se requiere de la au-      encontramos que esta técnica de entrelazar el
                   torización previa de Consejo de Ministros u ór-     camino presupuestario con el de la gestión de
                   gano ejecutivo equivalente cuando se superen        las subvenciones es más generalizado. El Re-
                   ciertos importes .                                  glamento de la Ley General de Subvenciones
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                                                                       aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
               ¡  En cuanto al proceso de gasto, es muy fre-           julio, en su artículo 17 cuando trata la delegación
                   cuente que las Leyes de presupuestos generales      y desconcentración de competencias establece
                   establezcan requisitos adicionales:                 que “La delegación de competencias conlleva-
                                                                       rá, según se disponga en la norma habilitante,
                   o  Por un lado, están las normas que estable-       la aprobación de gasto, salvo que se excluya de
                      cen que al superar un importe se somete a        forma expresa”También encontramos normativa

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                      autorización previa por el Consejo de Gobier-    autonómica que declaran implícitos los actos de
                      no. En estos casos, el órgano ejecutivo no       ejecución presupuestaria en los actos de gestión
                      ostenta competencias sobre el gasto si no        de subvenciones:
                      que autoriza previamente.
                   o  Sin embargo, en otros casos, las leyes ge-       o  Islas Baleares: el artículo 8. 2 del Texto Re-
                      nerales de presupuestos autonómicas  con            fundido de la Ley de subvenciones de Islas
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                      frecuencia atribuyen al órgano colegiado de         Baleares  establece que “El acto de conce-
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                      gobierno la competencia para autorizar el           sión lleva implícita la aprobación del gasto
                      gasto cuando supere ciertos importes. Ve-           correspondiente”
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                      mos que en este supuesto el órgano colegia-      o  País Vasco: reguladora del régimen de sub-
                      do se convierte en actor de la ejecución de         venciones del País Vasco  en su artículo 33
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                      gasto y no en previo “autorizador” de lo que        constituye otro ejemplo de cruce de caminos
                      pertenece al ámbito competencial del titular        en los que el órgano de gobierno se le atri-
                      departamental correspondiente.                      buye competencias implícitas en materia de
                                                                          ejecución de gasto “Con carácter previo a la
            Respecto a la quiebra de esa separación de los caminos        convocatoria de la subvención, deberá efec-
            paralelos podemos ver algunos ejemplos:                       tuarse la autorización del gasto en los térmi-





            1   Artículo 74 de la Ley General Presupuestaria.
            2   Art. 324 LCSP; Art. 10 de la LGS.
            3   Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024. Art 46: En relación con lo dispuesto en el artículo 55.3.a) y
            en el artículo 69.1.c) de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, estará reservada al Consejo de Gobierno la autorización o
            compromiso de gastos de capital y operaciones financieras cuya cuantía exceda de 1.500.000 euros o de 500.000 euros en gastos corrientes.
            4   Aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
            5   Ley 20/2023, de 21 de diciembre.


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