Page 55 - Revista Auditoria Pública nº 83
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Esquema práctico de la omisión de la función interventora en la Administración Local






            5.  Informe de secretaria conforme el artículo 3.3 del
            RD128/2018. En dicho informe constará:

             ¡     La competencia de la Entidad Local para revisar
               sus propios actos y acuerdos conforme el artículo
               4.1 letra g) de la LRBRL.

             ¡     El procedimiento aplicable conforme el artículo
               53 LRBRL que será el regulado por el artículo 106 de
               la LPAC.

             ¡     Órgano competente que tiene competencia
               para resolver y declarar la nulidad.
                                                                la materia, el acuerdo resolutorio de un procedimiento
            6.  Resolución o acuerdo de inicio de revisión de oficio   de revisión de oficio relativo a actos dictados por órga-
            por el órgano competente, acordándose la solicitud de   nos de las entidades locales debe adoptarse por el Ple-
            dictamen favorable al Consejo de Estado u órgano con-  no de la Corporación u órgano colegiado superior de la
            sultivo autonómico equivalente sobre el particular.   entidad.”

            En los municipios de régimen común, el órgano compe-  No obstante, en los municipios de gran población, en
            tente será el presidente de la Entidad Local, salvo que las   virtud del artículo 123.1.l) LRBRL corresponde al Pleno
            obligaciones o gastos cuya competencia sea de Pleno.   el ejercicio de “las facultades de revisión de oficio de
            En este último caso, el presidente de la Entidad Local   sus propios actos y disposiciones de carácter general”, al
            deberá someter a decisión del Pleno si continua el proce-  alcalde, en virtud del artículo 124.4.m) LRBRL “las facul-
            dimiento (artículo 28.2 RCIL). Por otra parte, en los muni-  tades de revisión de sus propios actos” y lo mismo en
            cipios de gran población le corresponderá el acuerdo a la   cuanto a la Junta de Gobierno Local, en virtud del artículo
            Junta de Gobierno Local (artículo 28.3 RCIL).       127.1.k) LRBRL.

            7.  Dictamen favorable o desfavorable del Consejo Con-  Por su parte, la resolución de la declaración de nulidad
            sultivo de Estado u órgano consultivo autonómico equi-  debe contener:
            valente.
                                                                   ¡   Motivación (art. 35.1.b) de la LPAC).
            8.  Resolución o acuerdo del órgano competente sobre
            la procedencia de declarar la nulidad del acto en el plazo      ¡   Las indemnizaciones que proceda reconocer
            de seis meses desde la fecha de iniciación del procedi-  a los interesados, si se dan las circunstancias pre-
            miento.                                                vistas en los artículos 32 y 34 de la LRJSP (según
                                                                   artículo 106.4 LPAC puede realizarse en resolución
            En los municipios de régimen común, a este respecto,   independiente).
            debemos partir de que de la distribución de competen-
            cias entre los órganos necesarios de los municipios de   Respecto a la cuantía de la indemnización existen distin-
            régimen común (artículos 21 y 22 de la LRBRL) no se de-  tos pronunciamientos en materia de contratos:
            duce que se asigne expresamente al Alcalde o al Pleno la
            facultad de declarar la nulidad de los actos y disposiciones    ¡   Se debe de abonar el importe de las facturas,
            dictados por los órganos administrativos municipales, por   incluyendo los intereses de demora (Dictamen del
            lo que podría aplicarse la atribución residual a favor del   Consejo de Estado nº 676/2014).
            alcalde contenida en el artículo 27.1.s) de la LRBRL, salvo
            que una norma con rango de ley lo prevea expresamen-   ¡   Se debe de abonar el importe de las facturas,
            te. Al igual ocurre con las Diputaciones Provinciales cuyos   excluyendo el beneficio industrial (Dictamen del Con-
            artículos 33 y 34 de la LRBRL no adjudican dicha compe-  sejo de Estado Nº: 783/2017).
            tencia ni al presidente, ni al Pleno expresamente. Por lo
            que, habrá que tener en cuenta las especificaciones de su      ¡   Se debe de abonar el importe de las facturas, ex-
            normativa autonómica sobre esta cuestión.              cluyendo el beneficio industrial y los gastos genera-
                                                                   les (Dictamen del Consejo de Estado Nº: 552/2016).
            En su defecto, el Dictamen 343/2016 del Consejo Con-   En cambio, el Tribunal Supremo ha venido sostenien-
            sultivo de Castilla-La Mancha dispone: “a juicio de este   do que se debe abonar el beneficio industrial (STS
            Consejo, no mediando delegaciones que incidan sobre    4462/2015 de 14 de octubre 2015).



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