Page 61 - Revista Auditoria Pública nº 83
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La fiscalización por la intervención de los encargos a medios propios personificados.
Especial consideración a la verificación del coste efectivo de las prestaciones subcontratadas.
La regulación actualmente vigente sobre los denomina- en la Plataforma de Contratación correspondiente con-
dos encargos que realice la Administración a medios pro- juntamente con éste.”
pios personificados está contenida, principalmente, en
la LCSP. Por su parte, la Instrucción 11/2018, de la IGJA, ya cita-
da destaca en su apartado introductorio, que en la LCSP
El Preámbulo de la LCSP señala que “siguiendo las direc- “se regulan requisitos, ya enunciados en la exposición
trices de la nueva Directiva de contratación, han aumen- de motivos de la ley, tales como que la entidad que ten-
tado las exigencias que deben cumplir estas entidades ga el carácter de medio propio disponga de medios per-
(se refiere a las entidades del sector público que tengan sonales y materiales adecuados para cumplir el encargo
el carácter de medios propios personificados), con lo que que se le haga.”
se evitan adjudicaciones directas que pueden menosca-
bar el principio de libre competencia.” Y en la regulación de esta Instrucción se establece que,
en la fase de autorización del gasto y del compromiso,
En aplicación de este principio enunciado en el Preámbu- deberá verificarse, entre otras cosas, la siguiente:
lo, el texto de la LCSP contiene entre sus determinacio-
nes, las siguientes: “2. Comprobar que la entidad destinataria del encargo
cumple los requisitos para ser considerada medio propio
El artículo 32.2.d), que establece: personificado respecto del poder adjudicador que realiza
el encargo, esto es:
“d) La condición de medio propio personificado de la en- (…)
tidad destinataria del encargo respecto del concreto po- d) A partir del 9 de septiembre: la condición de medio
der adjudicador que hace el encargo deberá reconocerse propio respecto del concreto poder adjudicador que hace
expresamente en sus estatutos o actos de creación, pre- el encargo deberá reconocerse expresamente en sus es-
vio cumplimiento de los siguientes requisitos: tatutos o actos de creación, previo cumplimiento de los
(…) siguientes requisitos:
2.º Verificación por la entidad pública de que dependa el (…)
ente que vaya a ser medio propio, de que cuenta con 2.º Verificación por la entidad pública de que dependa el
medios personales y materiales apropiados para la rea- ente que vaya a ser medio propio, de que cuenta con
lización de los encargos de conformidad con su objeto medios personales y materiales apropiados para la rea-
social.” lización de los encargos de conformidad con su objeto
social.
Y el artículo 32.7, a cuyo tenor: (…)
5. Presupuesto del servicio concreto u obra a encomen-
“7. A los negocios jurídicos que los entes destinatarios dar, valorado de acuerdo con las tarifas aprobadas, con
del encargo celebren en ejecución del encargo recibido desagregación de las partidas que podrán ser subcontra-
de conformidad con el presente artículo, se le aplicarán tadas, verificando los límites de la subcontratación.”
las siguientes reglas:
(…) Entre las comprobaciones que contempla la mencionada
b) El importe de las prestaciones parciales que el medio Instrucción en la fase de reconocimiento de la obligación
propio pueda contratar con terceros no excederá del 50 se encuentra la siguiente:
por ciento de la cuantía del encargo. No se considerarán
prestaciones parciales aquellas que el medio propio ad- “5. Verificar la existencia de certificación en la que cons-
quiera a otras empresas cuando se trate de suministros te la aplicación de las tarifas aprobadas a los trabajos eje-
o servicios auxiliares o instrumentales que no constitu- cutados, así como el coste efectivo incurrido en relación
yen una parte autónoma y diferenciable de la prestación a las prestaciones subcontratadas, acompañando rela-
principal, aunque sean parte del proceso necesario para ción detallada de las facturas que deba abonar el medio
producir dicha prestación. propio.”
(…)
Excepcionalmente podrá superarse dicho porcentaje de En lo que se refiere a la fase de liquidación y recepción
contratación siempre que el encargo al medio propio de los encargos, la Instrucción distingue entre:
se base en razones de seguridad, en la naturaleza de la
prestación que requiera un mayor control en la ejecución a. Los casos en que la liquidación del encargo no
de la misma, o en razones de urgencia que demanden suponga un incremento de gasto, en los que, con
una mayor celeridad en su ejecución. La justificación de ocasión del último o único pago, se deberá verificar,
que concurren estas circunstancias se acompañará al además de lo dispuesto con carácter general para las
documento de formalización del encargo y se publicará obligaciones derivadas de los encargos, entre otras
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