Page 62 - Revista Auditoria Pública nº 83
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REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 83






            cosas, lo siguiente:                             mas que concurren en la gestión administrativa de los ex-
                                                             pedientes de encargos a medios propios personificados
            “2. La existencia de resolución por la que se liquida   que, a nuestro juicio, no satisfacen suficientemente las
            el encargo, desagregando el coste incurrido en apli-  exigencias de un cumplimiento adecuado de la legalidad
            cación de tarifas y el coste efectivo por prestaciones   aplicable a este tipo de gastos.
            subcontratadas, verificando los límites de la subcon-
            tratación.”                                      Para ello, nos vamos a valer de la experiencia derivada de
                                                             la actividad habitual de control previo desarrollada por la
            b.  En los casos en que la liquidación del encargo sí   Intervención Delegada en las consejerías de Agricultura,
            suponga un incremento de gasto, la Instrucción, a su   Pesca, Agua y Desarrollo Rural y de Sostenibilidad, Me-
            vez, distingue:                                  dio Ambiente y Economía Azul, de la Junta de Andalucía,
                                                             en la que han aflorado determinados problemas que pa-
                b.1. La fase de autorización y compromiso, en la   samos a exponer:
                que se comprobará, entre otras cosas:
                “3. La existencia de propuesta de resolución por
                la que se liquida el encargo, desagregando el
                coste incurrido en aplicación de tarifas y el coste   2.   ¿Debe acreditarse en cada expediente
                efectivo por prestaciones subcontratadas, verifi-
                cando los límites de la subcontratación.           la suficiencia y adecuación de medios
                                                                   de la entidad encargada?
                b.2. La fase de reconocimiento de la obligación,
                en la que se comprobará, entre otras cosas, lo   En los preceptos de nuestro ordenamiento que regulan
                siguiente:                                   la declaración de una entidad como medio propio y ser-
                “la existencia de resolución por la que se liquida   vicio técnico de los poderes adjudicadores  se establece
                                                                                                 2
                el encargo, desagregando el coste incurrido en   que la acreditación de la disposición de medios suficien-
                aplicación de tarifas y el coste efectivo por pres-  tes e idóneos para realizar prestaciones en el sector de
                taciones subcontratadas, verificando los límites   actividad que se corresponda con el objeto social de la
                de la subcontratación.                       entidad de que se trate tendrá lugar en el momento de
                                                             la declaración como medio propio de la misma. ¿Quiere
         Finalmente, la Instrucción prevé que, en la modificación   esto decir que con ocasión de cada encargo que reciba
         del encargo, en la fase de autorización del gasto y del   una entidad declarada medio propio, no habrá que acre-
         compromiso, se deberá comprobar, entre otras cosas,   ditar la suficiencia y adecuación de sus medios para eje-
         lo siguiente:“2. Presupuesto del modificado, valorado de   cutar aquél?
         acuerdo con las tarifas aprobadas con desagregación de
         las partidas que podrán ser subcontratadas.”        El Tribunal de Cuentas (TCU) se ha pronunciado en diver-
                                                             sas ocasiones sobre la necesidad de que las administra-
         Se ha podido comprobar, a la luz de las citas preceden-  ciones públicas verifiquen los medios de que disponen
         tes, la importancia que la guía de fiscalización de los en-  las entidades a las que les confieren encargos y enco-
         cargos les otorga a las comprobaciones relacionadas con   miendas.
         la existencia de medios personales y materiales apropia-
         dos para la realización de las actividades encargadas, con   En un informe de fiscalización anterior a la vigencia de la
         los límites a la subcontratación y con el coste efectivo de   actual LCSP , el TCU se expresaba así:
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         las actuaciones que el medio propio haya contratado con
         terceros.                                              “El empleo de esta figura tiene solo sentido, por tan-
                                                                to, cuando se seleccione un medio propio que cuente
         Vamos a exponer, a continuación, determinadas proble-  con medios especialmente cualificados o especiali-









         2  Artículo 86 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículos 32 y 33 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
         Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
         y, en el ámbito de la Junta de Andalucía, el artículo 53bis de la Ley 9/2007, de 22 octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
         3  Informe del TCU, de Fiscalización de las encomiendas de gestión de determinados Ministerios, Organismos y otras Entidades Públicas llevadas a cabo al amparo de la
         legislación que habilita esta forma instrumental de gestión administrativa, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 30 de abril de 2015.


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