Page 67 - Revista Auditoria Pública nº 83
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La fiscalización por la intervención de los encargos a medios propios personificados.
Especial consideración a la verificación del coste efectivo de las prestaciones subcontratadas.
por la que se aprueba la Instrucción para la elaboración otras cosas, lo siguiente:
del informe a emitir en virtud del artículo 86.3 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sec- “(La entidad solicitante) dispone de recursos sufi-
tor Público . cientes e idóneos para realizar prestaciones en el
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sector de actividad que se corresponde con su obje-
En su preámbulo, esta Resolución contiene una conside- to social. Para ello:
ración de especial relevancia para obtener conclusiones
en el presente apartado de este trabajo. Se acredita mediante certificación del responsable
de la entidad la relación de medios personales y ma-
“Tomando en consideración los antecedentes seña- teriales suficientes e idóneos con los que cuenta o
lados y el momento de emisión del citado informe, prevé contar para cumplir el objeto del encargo de
dada, con carácter general, su naturaleza previa a la la entidad acorde con la legislación de contratación
declaración de la condición de medio propio, nece- pública (obras, suministros, servicios, concesión de
sariamente se dan una serie de condicionantes que obras públicas, concesión de servicios).
no es posible verificar en el momento de solicitud y
solo podrán comprobarse de forma fidedigna con ca- Se acompaña declaración de incluir en la documen-
rácter posterior para cada uno de los encargos que tación del encargo y en el portal de transparencia
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realice el medio propio y servicio técnico, por lo que del medio propio y servicio técnico y en el de los
se hace necesario partir de una declaración respon- entes encomendantes el compromiso de no superar
sable hecha por el solicitante y de la aportación de el porcentaje de subcontratación en los encargos a
documentación que se establece en esta instrucción medios propios y servicios técnicos a recibir en el
como solución alternativa. futuro.”
Así pues, el informe de la IGAE sobre la memoria Por tanto, la entidad solicitante debe acreditar que posee
acreditativa de la condición de medio propio, de con- los medios. No obstante, si atendemos a lo que dispone
formidad con el mandato contenido en la LRJSP, se el modelo de informe que se inserta como Anexo I de la
emite sin perjuicio de las actuaciones de función in- Resolución, la acreditación a que se ha hecho referencia
terventora, de control financiero permanente o de no deja de tener el mero carácter de declaración respon-
auditoría pública que, de acuerdo con la Ley 47/2003, sable de la interesada, cuyos elementos fácticos no son
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, sean objeto de análisis y valoración por parte de la IGAE en
ejercidas por este Centro Directivo.” este procedimiento de declaración de medio propio. Vea-
mos lo que dice el modelo de informe en su apartado de
Lo cierto es que, pese a esta declaración, en la propia objeto y alcance:
Resolución de la IGAE se exige que, en el expediente
que se instruya para formular la solicitud de informe a la “Nuestro trabajo se ha realizado de acuerdo con la
IGAE, a la que se refiere el artículo 86.3 LRJSP, “deberá Resolución de la Intervención General de la Admi-
acreditarse que la entidad que se propone como medio nistración del Estado de fecha 16 de mayo de 2019 y
propio y servicio técnico dispone de recursos suficientes no constituye una actuación de control o de auditoría
e idóneos para afrontar los encargos que pueda recibir, pública de las establecidas en la Ley 47/2003, de 26
así como el compromiso de no superar el porcentaje de de noviembre, General Presupuestaria. No incluye,
subcontratación establecido en la normativa vigente en en consecuencia, el análisis y valoración de la razo-
cada momento.” nabilidad económica, la realidad o la oportunidad de
los datos consignados en la Memoria y demás docu-
Asimismo, en el modelo de Memoria que debe presen- mentación aportada que no forman parte del alcance
tar la entidad que pretenda acreditarse como medio pro- del informe , sin perjuicio de que todo ello pueda
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pio, demostrativa del cumplimiento de los requisitos para ser objeto de actuaciones posteriores que la IGAE
ello, conforme al artículo 86 LRJSP, que se incluye como pueda desarrollar en el futuro, tanto de las previstas
Anexo II de la Resolución de la IGAE, se establece, entre en el artículo 85 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
9 https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Control/CFPyAP/Documents/Resoluci%C3%B3n%20Instrucci%C3%B3n%20informe%20MP.pdf
10 El subrayado es nuestro.
11 El subrayado es nuestro.
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