Auditoría pública nº 69. Revista de los Órganos Autonómicos de Control Externo - page 120

2. CONSIDERACIONES SOBRE EL PMP
Se crea con la finalidad de expresar el tiempo de pago
o retraso en el pago de la deuda comercial.
Los plazos de pago de las operaciones comerciales
para la Administración pública, vienen recogidos en la
normativa sobre contratación y en la propia ley de mo-
rosidad en las operaciones comerciales.
El plazo de pago
4
recogido en la normativa de mo-
rosidad, excepto para las contratos de obras, es de 30
días desde el reconocimiento de la obligación, y el plazo
máximo para reconocer la obligación es de 30 días des-
de la prestación del servicio. Sí la factura se presenta en
el registro administrativo en el plazo que excede de los
30 días desde la realización del servicio o suministro del
bien, el plazo de pago es de 30 días desde la presentación
de la factura.
En la formación PMP se trata de simplificar la com-
plejidad del plazo legal de pago, ya que intervienen dos
nuevos factores, el reconocimiento de la obligación y la
fecha de prestación del servicio.
El PMP se construye sobre la base de la fecha de pre-
sentación de la factura en el registro administrativo, y se
toma como referencia el plazo máximo de pago, se su-
pone que la obligación se reconoce a los 30 días desde la
prestación del servicio y que la factura se ha presentado
en el plazo de 30 días desde la prestación del servicio.
Así un ratio de las operaciones pagadas de 30 días nos
indica que en promedio ponderado las facturas se pagan
a los 60 días desde la presentación de las mismas en el
registro administrativo.
Detallamos con varios ejemplos como difiere el nú-
mero de días de pago establecido en el Real Decreto
635/2014, de 25 de julio, del número de días de pago
calculado conforme a la ley de morosidad.
Ejemplo 1. Factura presentada y reconocida en
plazo
Realización del servicio: 15 de Enero
Presentación de la factura: 20 de Enero
Reconocimiento de la Obligación: 30 de Enero
Pago de la Factura: 15 de febrero
El número de días en el ratio de operaciones pagadas
es de -4. Del 15 de febrero, fecha del pago, al 20 de enero,
fecha de presentación de la factura en el registro, trans-
curren 26 días, menos 30, el resultado es de -4.
El número de días en el pago de conformidad con lo
establecido en la ley de morosidad es de 16 días, contán-
dose desde el reconocimiento de la obligación, al haber
sido reconocida la obligación en un plazo inferior a los
30 días desde la presentación de la factura, y la factu-
ra haberse presentado en un plazo inferior a los treinta
días desde la prestación del servicio.
Ejemplo 2. Factura presentada fuera de plazo y
reconocida en plazo
Realización del servicio: 15 de Enero
Presentación de la factura: 01 de Marzo.
Reconocimiento de la Obligación: 20 de Marzo
Pago de la Factura: 25 de Marzo
De acuerdo con la metodología del Real Decreto
653/2014 el plazo es de -5 días. Del 01 de marzo al 25
transcurren 25 días, menos 30 igual a -5.
De acuerdo con la normativa de morosidad la factura
se paga en el plazo de 25 días, ya que el plazo de pago
para las facturas presentadas en un periodo superior a
los treinta días desde la prestación del servicio, es de
treinta días desde la presentación de la factura.
Para el supuesto de los contratos de obras el Real de-
creto 635/2014 establece como fecha de inicio del cóm-
puto la aprobación de la certificación, que coincide con
el plazo establecido para las certificaciones ordinarias
en la ley de morosidad. En los supuestos en que la certi-
ficación de obras tarde más de treinta días en aprobarse,
el plazo establecido en la ley de morosidad sería distinto
al plazo del Real Decreto 635/2014.
Ejemplo 3. Certificación de obra aprobada fuera
del plazo
Certificación de obras del mes de junio.
Se aprueba el 15 de septiembre.
Se paga el 20 de septiembre.
El plazo de acuerdo con la normativa sobre morosi-
dad contaría desde el 30 de junio, fecha límite para apro-
bar la certificación, hasta el 20 de septiembre, es decir
82 días. De conformidad con el Real Decreto 653/2014
el plazo es de 5 días, desde el día 15 fecha de aprobación
de la certificación, al 20 de septiembre, fecha de pago.
El ratio de las operaciones pagadas va a ser siempre
igual o inferior al plazo establecido en la ley de moro-
sidad.
El ratio pondera las operaciones según su importe,
cada una de las facturas no tiene la misma importancia
en la formación del ratio, así un menor plazo de pago
en las facturas o certificaciones con mayor importe pue-
de compensar un plazo de pago superior en las facturas
con menor importe, el indicador no valora el plazo de
pago de cada una de las facturas de forma neutra. Va-
mos a dar mayor importancia en el cumplimiento del
plazo a las facturas con mayor importe.
118
Junio nº 69 - 2017
CONTABILIDAD
4
Dada cierta confusión en la aplicación práctica del conjunto de medidas que han irrumpido en nuestro ordenamiento en materia de plazos de pago y medidas de lu-
cha contra la morosidad en las operaciones comerciales, con fecha 15 de abril de 2016 se emite por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE),
la circular 2/2016 sobre plazos de pago en el cumplimiento de las obligaciones económicas del sector público estatal, donde viene a aclarar diversos conceptos.
1...,110,111,112,113,114,115,116,117,118,119 121,122,123,124,125,126,127,128,129,130,...140
Powered by FlippingBook