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REVISTA AUDITORÍA PÚBLICA / 86






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         I. Introducción.                                    que la Administración titular especifique al inicio del con-
                                                             trato. La última prestación, de “mejora de la eficiencia
         En septiembre de 2019 se celebró la conferencia de   energética”, tiene como objetivo promover la mejora de la
         clausura de los encuentros técnicos de la Asociación de   eficiencia energética mediante la incorporación, mejora
         Órganos de Control Externo (ASOCEX) en Valencia, im-  o renovación de equipos e instalaciones que la fomen-
         partida por el profesor de la Facultad de Economía de la   ten, así como la incorporación de energías renovables.
         Universidad de Valencia, José Anastasio Urra Urbieta. Su   Se pretende que estas instalaciones sean ejecutadas
         título fue “El sistema socioeconómico ante los retos del   y financiadas por el adjudicatario mediante los ahorros
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         siglo XXI”  pero su contenido buscaba advertir de la crisis   conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato
         energética, por la disminución de la disponibilidad de los   y que no tengan repercusión económica para la Adminis-
         combustibles fósiles tradicionales, que se produciría en   tración titular.
         las próximas décadas y de las tensiones que provocaría
         en las administraciones públicas.                   Ha de clasificarse, con arreglo a la legislación de contra-
                                                             tos de las Administraciones Públicas, como un contrato
         La primera de estas tensiones llegó a nuestras adminis-  administrativo típico, de carácter mixto, de suministro y
         traciones antes de lo previsto: a partir del otoño de 2021   servicios. Se trata de un contrato al que, por estar tipi-
         comenzaron a subir los precios del gas y de la electrici-  ficado en la ley, se le aplicaba plenamente el régimen
         dad. Esa subida se radicalizó a partir de febrero de 2022,   administrativo previsto en el Texto Refundido de la Ley de
         con el inicio de la guerra en Ucrania y de las sanciones   Contratos, y ahora en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
         impuestas por la Unión Europea a los combustibles que   de Contratos del Sector Público, por la que se transponen
         esta importaba desde Rusia.                         al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parla-
                                                             mento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
         En nuestro contrato de servicios energéticos esta situa-  de 26 de febrero de 2014  (arts. 16 a 18; art. 29.4).
         ción podía producir el efecto de triplicar el precio que de-
         bía pagar el Ayuntamiento al adjudicatario.         En definitiva, esta calificación, se deriva de la subsunción
                                                             de la descrita situación obligacional en los artículos 16,
                                                             17, 29, 298, 308 y concordantes de la LCSP.
         II. ¿Qué es un contrato de servicios energéticos?
                                                             El modelo de contrato mixto de suministro y servicios es
         El contrato de servicios energéticos, ya sea para edificios   el llamado Modelo Alcorcón por el IDAE. Con el contrato
         públicos, ya para alumbrado exterior, es un contrato mix-  mixto conocido como de servicios energéticos todas las
         to de suministro y servicios diseñado por el Instituto para   inversiones necesarias para lograr la eficiencia energé-
         la Diversificación y el Ahorro Energético del Ministerio   tica se realizan al comienzo del contrato, se retribuyen
         para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.   durante la duración del mismo gracias a los ahorros obte-
                                                             nidos y se garantiza el mantenimiento.
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         Tal como se señala en el documento del IDAE  el con-
         trato comprende la realización de cinco prestaciones. La   Con el contrato en que se basa este artículo se preten-
         primera, denominada “gestión energética”, tiene como   día satisfacer la necesidad de adquirir las instalaciones
         objetivo la gestión del suministro de combustibles y elec-  y equipos necesarios para obtener un ahorro energético
         tricidad, incluyendo el control de calidad, cantidad y uso.   considerable, la contratación del suministro de energía
         La segunda prestación comprende el mantenimiento    eléctrica a precios de mercado, el mantenimiento de los
         preventivo de las instalaciones para lograr la permanen-  equipos y la garantía total de los mismos.
         cia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones de
         todos sus componentes al valor inicial. A esta prestación   Este era el objeto del contrato: obtener un ahorro eco-
         se añade una garantía total de reparación con sustitución   nómico moderado inmediato, un ahorro energético sus-
         de todos los elementos deteriorados en las instalacio-  tancial inmediato y ahorro económico muy importante al
         nes. En la tercera el adjudicatario se compromete a reali-  término del mismo.








         1  La conferencia está disponible en la página web de las XIII Trobades Tècniques dels OCEX (València, 2019): https://youtu.be/FT1S2bzOzng
         2  https://www.idae.es/tecnologias/eficiencia-energetica/servicios/alumbrado-exterior/modelo-de-pliegos-del-contrato-de-servicios-energeticos-para-la-
         contratacion-del-alumbrado-exterior


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