Page 73 - Revista Auditoria Pública nº 83
P. 73

La fiscalización por la intervención de los encargos a medios propios personificados.
                                              Especial consideración a la verificación del coste efectivo de las prestaciones subcontratadas.






               individualizada.                                    encomendada.”
               4. En ningún caso los suministros son subcontrata-
               ción.                                            Del apartado de Conclusiones y Recomendaciones del
               5. El alquiler de maquinaria sin conductor es un sumi-  Informe, destacamos lo siguiente:
               nistro y no tiene carácter de subcontratación.
               6. Tampoco tiene la consideración de subcontrata-   “27. Algunos expedientes de emergencia no fueron
               ción las colaboraciones de empresas del Grupo.”     ejecutados, en su mayor parte, con medios propios
                                                                   de TRAGSA; en particular, las unidades consistentes
            A continuación, el Tribunal de Cuentas señala que:     en trabajos de montaje fueron contratadas con terce-
                                                                   ros, así como la mayor parte de las unidades restan-
               “Si bien los apartados 1 y 2 están recogidos expresa-  tes que responden a suministros y/o alquileres. Es-
               mente en la LCSP, los restantes supuestos respon-   tas unidades se facturaron por TRAGSA a precio de
               den a una interpretación de la norma realizada por   tarifa, con independencia del margen que obtuviera
               TRAGSA.”                                            por el precio de los contratos con terceros. Epígrafe
                                                                   II.2.1
            Por otro lado:
                                                                   28.  TRAGSA cuenta con la instrucción interna:
               “Desde el punto de vista contable, conforme con la   «GPR07, Instrucción interna para la contratación de
               instrucción interna de TRAGSA, toda la subcontrata-  trabajos con terceros en el Grupo Tragsa», que regu-
               ción se considera colaboración con terceros, pero   la el procedimiento a seguir e impone el deber de
               no todas las colaboraciones -contratos con terceros-   informar a la Administración, antes del inicio de los
               son consideradas subcontratación. Por esta razón    trabajos, de la parte que va a subcontratar, tanto en
               la relación de los trabajos realizados por otras em-  el alcance, como en la cuantía, del importe previsto
               presas, que TRAGSA registra en la subcuenta 6070,   para ejecutar el encargo. Los principales resultados
               puede coincidir, o no, con lo que se ha computado   sobre la contratación con terceros son los siguien-
               como subcontratación en las relaciones valoradas, lo   tes: Subapartado II.3
               que dificulta su seguimiento y control.
               (…)                                                 - Con carácter general se ha verificado el cumpli-
               No obstante, se ha observado que determinadas       miento de los límites de la subcontratación con ter-
               prestaciones contratadas con terceros para la eje-  ceros establecidos en la normativa, salvo en el 6 %
               cución de los encargos, a pesar de encontrarse      de los expedientes.
               dentro de los criterios establecidos para ello en la
               instrucción por tratarse de unidades independientes   - En ninguno de los expedientes de la muestra cons-
               del presupuesto, no se han considerado subcontra-   ta el estudio de TRAGSA determinando las unidades
                     .
               tación”                                             a contratar con terceros, previo al encargo formal.
            Y también:                                             - El 19 % de los expedientes no contienen ninguna
                                                                   referencia a la contratación con terceros.
               “En los encargos de emergencia, el hecho de no
               computar determinados contratos como subcontra-     - En ninguno de los expedientes se ha dejado cons-
               tación y exceder su porcentaje del 50 %, no supone   tancia de la comunicación por parte de TRAGSA a la
               incumplimiento de la normativa, al contemplarse es-  entidad que realiza el encargo de los contratos for-
               tos supuestos una excepción a ese límite. No obs-   malizados con terceros, ni contienen información
               tante, la consecuencia de que TRAGSA no compute     periódica sobre el porcentaje de subcontratación li-
               esas contrataciones externas como subcontratación,   citado y ejecutado.
               es que las facturaciones a los poderes adjudicado-
               res se realizan a precio de tarifa en lugar de al coste   - Algunas unidades independientes del presupues-
               real ejecutado, por lo que existe la posibilidad de que   to contratadas con terceros no se han considerado
               TRAGSA obtenga un mayor beneficio sobre el coste    subcontratación, pese a gozar de esta naturaleza a la
               de la subcontratación, con el consiguiente perjuicio   vista de las prestaciones realizadas.
               para la entidad que realiza el encargo. Adicionalmen-
               te, el hecho de subcontratar la mayor parte del en-  29. En los encargos de emergencia, a los que no
               cargo, o de que una cantidad elevada de suministros   resulta aplicable el límite de subcontratación, al no
               sean proporcionados externamente, puede dar lugar   realizar un seguimiento de las contrataciones con
               a que se cuestione la utilidad del encargo, y el valor   terceros, TRAGSA ha facturado a precio de tarifa en
               adicional que pueda aportar TRAGSA en la actuación   vez de al coste real ejecutado, en su caso, con el



                                                                                                              73
   68   69   70   71   72   73   74   75   76   77   78