Auditoría pública nº 69. Revista de los Órganos Autonómicos de Control Externo - page 64

a) Incumplimiento: Insuficiente justificación de la
necesidad, idoneidad, operatividad, eficacia, efi-
ciencia y economía de una inversión, suministro, o
servicio. No se evalúa su rentabilidad económica ni
social como, por ejemplo, aeropuertos, polidepor-
tivos, eventos, “ciudades de...”
22
.
Conclusión: Señalar las responsabilidades inhe-
rentes en
las inversiones
, que con la ausencia de
justificación de su operatividad o estudios de via-
bilidad y su posterior demostración de ineficiencia
o sobrecostes
no han servido a los intereses ge-
nerales
y no benefician a la sociedad, porque no
responden al principio de necesidad (artículos 1 y
22 del TRLCSP
23
).
b) Incumplimiento: Criterios de adjudicación indefi-
nidos; adjudicación no justificada objetivamente.
Conclusión:
Arbitrariedad
en la adjudicación
24
.
c) Incumplimiento: Utilización sistemática (“¿deli-
berada?”) del procedimiento negociado sin publi-
cidad, con solicitud de presupuestos a empresas
vinculadas, del grupo empresarial
25
o el fracciona-
miento reiterado de contratos.
Conclusión: La contratación no se ha ajustado a los
principios de publicidad y concurrencia (artículo
1 TRLCSP) y a lo dispuesto en el artículo 86 del
TRLCSP
26
.
d) Incumplimiento: Facturación continuada de servi-
cios cuyos contratos iniciales ya han finalizado su
vigencia, sin el preceptivo expediente de contrata-
ción.
Conclusión: No se ha cumplido el procedimien-
to legal de contratación (art. 109 y siguientes
TRLCSP). Vulneración de los principios de publi-
cidad, concurrencia y transparencia, no discrimi-
nación e igualdad de trato (arts. 1 y 139 TRLCSP).
7. COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN CON LOS
ÓRGANOS DE CONTROL INTERNO
Según nuestra experiencia, consideramos que los
OCEX deben establecer las medidas de coordinación y
colaboración con los órganos de control interno de las
entidades fiscalizadas
27
. En este sentido, es necesario
coordinar los planes de actuación de las Intervencio-
nes con los de los propios OCEX para evitar duplici-
dades e ineficiencias en la utilización de los recursos
públicos
28
.
En el ámbito de las entidades locales, el análisis de
reparos e informes formulados por la Intervención y
acuerdos adoptados por los órganos de gobierno con-
trarios al informe de la Secretaría del Ayuntamiento-
29
puede ser un instrumento que permita la coordina-
ción, al mismo tiempo que permite la base para un
adecuado análisis de riesgos de las entidades. Estas
fiscalizaciones permiten asimismo el refuerzo de la
actuación de la Intervención y la Secretaría del Ayun-
tamiento, especialmente en informes que denuncian
hechos que se reiteran, sin que los alcaldes, concejales
y órganos gestores responsables adopten las medidas
para subsanarlos.
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Junio nº 69 - 2017
AUDITORÍA Y GESTIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS
22
Véanse ejemplos que citan Pablo Acosta (2016), E. Benítez Palma (2016) y Ángeles Jareño Leal (directora 2015), epígrafe de Mª Luisa Cuerda Arnau.
23
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
24
Ver el concepto de arbitrariedad en la Sentencia del Tribunal Supremo (STS) 743/2013, de 11-10. Ángeles Jareño Leal (2015), epígrafe de Jorge Correcher Mira:
la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia Valenciano (STSJV) nº 16/2012 de 30-11-2012, caso “Alcalde Torrevieja”, representa un caso paradigmático de arbi-
trariedad.
25
Ángeles Jareño Leal (directora 2015), epígrafe de Mª Luisa Cuerda Arnau. Esta incidencia de procedimiento negociado sin publicidad, junto con el fraccionamiento
en contratos menores, puede verse por ejemplo en el auto de 22-07-2014 TSJCV, pieza 5 del caso “Gürtel”.
26
Manual de Fiscalización de la Sindicatura de Comptes (MFSC-4813)
27
Por ejemplo, incluir esta previsión en sus propias normas de creación como hace el Tribunal Vasco de Cuentas (Ley 1/1988, de 5 de febrero, art. 7.4).
28
La evaluación del control interno viene regulada por la GPF-OCEX 1315 (apartado IV).
29
La Sindicatura de Comptes (informes publicados en la web institucional) y otros OCEX vienen emitiendo informes sobre este análisis.
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